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Corte Suprema confirmó millonarias multas por colusión de helicópteros en incendios

Corte Suprema confirmó millonarias multas por colusión de helicópteros en incendios

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Las empresas Faasa e Inaer deberán pagar multas que en conjunto superan los $5.500 millones. Además, los ejecutivos deberán pagar cerca de $48 millones cada uno por su participación en los ilícitos.

Corte Suprema confirmó millonarias multas por colusión de helicópteros en incendios
Martes 18 de febrero de 2025 11:26
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La Corte Suprema confirmó la condena impuesta por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) a las empresas Inaer Helicopter S.A. (Inaer) y Pegasus South América Servicios Integrales de Aviación SpA (Faasa) y a sus ejecutivos Ricardo Pacheco y Rodrigo Lizasoaín por haber ejecutado un acuerdo entre 2006 y 2013 para afectar el resultado de procesos de licitación públicas y privadas en el mercado chileno de contratación de servicios de combate y extinción de incendios forestales mediante helicópteros.

La sentencia de la Tercera Sala del máximo tribunal ratificó lo señalado en su momento por el TDLC en orden a que dicho acuerdo único se materializó en cinco procesos de contratación: tres de ellos iniciados por la Corporación Nacional Forestal (Conaf) entre 2006 y 2011, respecto de los cuales acordaron un reparto geográfico de las bases de operación licitadas; y dos procesos para proveer el servicio a las forestales Mininco S.A. y Masisa S.A., realizados en 2012 y 2013, respectivamente.

Por los hechos señalados, las empresas Faasa e Inaer deberán pagar multas que en conjunto alcanzan las 7.000 Unidades Tributarias Anuales (UTA, aproximadamente $5.652 millones), de las cuales 4.400 UTA ($3.553 millones) deberá pagar Faasa y 2.600 UTA ($2.099 millones), Inaer. Además, los ejecutivos deberán pagar 60 UTA (poco más de $48 millones) cada uno por su participación en los ilícitos.

A juicio de la Corte Suprema, “los hechos tuvieron incidencia en un mercado tan sensible para el país como la extinción de incendios forestales, por la potencial afectación a la vida y la propiedad de las personas, y que representan la más grave violación a los principios que rigen la libre competencia, más aun teniendo presente que se trató de aquellas entidades con la más alta participación en el mercado”.

SEGUNDA RESOLUCIÓN

En un segundo pronunciamiento, la Corte Suprema acogió el recurso de reclamación interpuesto por la FNE contra la Sentencia N°187/23 del TDLC, revocando el fallo que inicialmente había decidido no condenar a las empresas de helicópteros Calquín Helicopters SpA (Calquín), Faasa y sus ejecutivos, Ricardo Pacheco y Rodrigo Lizasoaín por afectar el resultado del proceso de contratación convocado por Conaf el 2014.

De esta manera, el máximo tribunal acogió el requerimiento presentado por la FNE en 2020, mediante el cual se acusó la existencia de un acuerdo entre ambas empresas, y en el que participaron sus máximos ejecutivos.

En su decisión, la Corte Suprema consideró la sanción impuesta en la primera sentencia a la empresa Faasa y los ejecutivos Pacheco y Lizasoaín como suficiente, en base a la continuidad temporal y de hecho en la conducta de estos sentenciados.

En tanto, para la empresa Calquín, que no operaba en el mercado a la fecha de ejecución de los hechos sancionados en la primera sentencia, por su participación en el segundo acuerdo, le impuso una multa de 980 UTA ($791 millones).

Con estas sentencias, que exigen el pago total de $6.540 millones a beneficio fiscal, equivalente a casi 7 millones de dólares, se pone término a las causas vinculadas al mercado de combate de incendios forestales en el país, que se inició con la acusación de la FNE en 2018 contra Faasa y Martínez Ridao por haber celebrado y ejecutado un acuerdo que afectó el mercado de combate y extinción de incendios forestales mediante aviones cisterna entre 2009 y 2015; y que luego se extendió al segmento de los helicópteros, con las dos acusaciones resueltas hoy por la Corte Suprema.

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