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Corte ratifica que el Ministerio de Salud debe entregar los correos de Mañalich, Daza y Paris

Corte ratifica que el Ministerio de Salud debe entregar los correos de Mañalich, Daza y Paris

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De esta manera, la Corte rechaza un recurso presentado por los abogados del departamento jurídico de ministerio, que buscaba evitar la entrega de esta información.

Corte ratifica que el Ministerio de Salud debe entregar los correos de Mañalich, Daza y Paris
Miércoles 2 de febrero de 2022 18:01
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La Corte de Apelaciones de Santiago ratificó en un fallo que el Ministerio de Salud deberá entregar los correos electrónicos que recibieron y enviaron del 1 de marzo de 2020 al 12 de septiembre del mismo año el ex ministro de la cartera Jaime Mañalich, la exsubsecretaria de Salud Pública Paula Daza y el actual titular Enrique Paris.

La decisión fue tomada por la novena sala del tribunal de alzada -integrada por la ministra Dobra Lusic y la abogada Paola Herrera- luego de rechazar un recurso presentado por los abogados del departamento jurídico de ministerio, que buscaba evitar la entrega de esta información tras una solicitud de transparencia realizada por Ciper Chile.

Dicha petición realizada por el Centro de Investigación Periodística busca conocer las “comunicaciones entre las personas que intervinieron en decisiones relacionadas con la estrategia para enfrentar la pandemia”.

Al respecto, el Consejo para la Transparencia (CPLT) manifestó que los mensajes no estaban ajenos “al escrutinio y control social que la ciudadanía pueda hacer de ellos”.

Pero el Ministerio de Salud intentó evitar la entrega de los correos reclamando la resolución del CPLT ante la Corte de Apelaciones.

El fallo del tribunal señala que “los correos electrónicos solicitados por el requirente contienen información sobre el diseño y coordinación de la estrategia nacional contra el Covid-19, cuya divulgación puede afectar la seguridad nacional”.

Agregó que “se evidencia que no es efectivo el reproche de ilegalidad que invoca el reclamante (Minsal), dado que fue el actor quien no evacuó los descargos de la forma que exige (...) esto es, en el plazo de diez días hábiles contados desde la notificación respectiva, pese a ser (...) por Oficio E21283, de 19 de diciembre de 2020”.

Sin embargo, la cartera tiene una última oportunidad para evitar la entrega de los correos, realizando un recurso de queja ante la Corte Suprema, acción legal que debe realizar antes del 11 de febrero. De lo contrario, tendrá cinco días hábiles de plazo para facilitar la información.

PURANOTICIA

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