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Corte Marcial revoca sentencia de ministra Rutherford y sobresee a general activo del Ejército procesado por fraude

Corte Marcial revoca sentencia de ministra Rutherford y sobresee a general activo del Ejército procesado por fraude

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La Corta Marcial resolvió, finalmente, sobreseer al general Pablo Onetto, acogiendo la reclamación del abogado del oficial, Daniel Mackinnon.

Corte Marcial revoca sentencia de ministra Rutherford y sobresee a general activo del Ejército procesado por fraude
Jueves 23 de septiembre de 2021 21:13
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La Corte Marcial revocó la sentencia de la ministra en visita, Romy Rutherford, y sobreseyó al general activo del Ejército, Pablo Onetto Jara, quien fue procesado en febrero de este año por fraude al Fisco por $ 18 millones.

El exjefe de la Defensa Nacional en Coquimbo había sido procesado por un presunto mal uso de pasajes institucionales entre los años 2012 y 2013, el cual fue realizado en el marco de una comisión de servicio en el extranjero. La pesquisa se encausa en la arista "empresas de turismo".

El tribunal castrense acogió la reclamación del abogado defensor, Daniel Mackinnon, con cuatro votos contra uno. El único dirimente fue el ministro Juan Manuel Muñoz, quien catalogó como "insólito" el argumento que acogieron sus colegas, la ministra Dobra Lusic, el coronel del Ejército, Isaías Martínez; la teniente de Carabineros, Paula Figueroa; y el general de la Fach, Francisco Costa.

Según trascendió, el resto de los oficiales del Ejército investigados por la causa observaban con atención el fallo, ya que les permitirá trazar una hoja de ruta en sus respectivas investigaciones.

La acción acogida de Mackinnon señala que "la primera ocasión en el proceso en que se imputó a Pablo Andrés Onetto Jara la realización del hecho ilícito investigado fue con fecha de 19 de enero de 2021, ocasión en la que declaró por primera vez en dicho proceso exhortado a decir verdad. La acción penal se dirigió en contra del procesado transcurridos más de cinco años contados entre la realización del supuesto hecho punible y su individualización determinada en el proceso como imputado del delito, tomándosele declaración ‘exhortado a decir verdad’”.

En esa línea, la resolución de la Corte Marcial indica que “el plazo de prescripción en el caso de autos es de cinco años por tratarse de simples delitos, el cual no ha sufrido interrupción, ni suspensión, conforme resulta del extracto penal del inculpado de fs.236 y del informe de entradas y salidas del país emanada de Policía Internacional”.

Al respecto, el ministro Muñoz aseguró que “resulta insólito, por decir lo menos, que al día siguiente que este tribunal haya confirmado el auto de procesamiento del imputado Onetto, se solicite el sobreseimiento definitivo por prescripción, solicitud que en definitiva fue denegada".

"Primeramente, cabe señalar que, los viajes que realizó Onetto, desde el año 2012 al 2020, en dos de ellos, no se registra fecha de regreso al país. En el primer caso salió de Chule el 30 de julio de 2012, en el último el 10 de enero de 2020. Se agrega que, además, que tiene un viaje que comenzó el 11 de abril de 2012, pero regresó a Chile el 26 de julio de dicho año; y tiene un viaje iniciado el 31 de diciembre del año 2017, habiendo constancia de su regreso el 13 de enero de 2019", añadió Muñoz, según recoge La Tercera.

La instancia judicial determinó el sobreseimiento "parcial y definitivamente" del acusado, mientras que el Consejo de Defensa del Estado (CDE) y el Ministerio Público Militar tienen 10 días hábiles para apelar ante la Corte Suprema desde el momento en que son notificados del fallo.

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