Tribunal de alzada se declaró incompetente, argumentando que ninguna autoridad ni Tribunal “podrá conocer acciones o reclamos o recursos vinculados con las tareas que la Constitución asigna la Convención".
La Corte de Apelaciones declaró inadmisible el recurso de protección contra la Convención Constitucional interpuesto por representantes de la Agrupación de Abogados por Libertad y Democracia, que buscaba que se anularan las votaciones de la 18° y 20° sesión del pleno, cuando se inició la discusión al reglamento interno y los mecanismos por los que se aprobarían.
En concreto se buscaba la anulación de las votaciones que fueron realizadas con quórum de mayoría simple y no argumentando que con ello se vulneraron las garantías constitucionales "de igualdad ante la ley, y de no ser discriminado arbitrariamente por la ley o autoridad alguna, y del derecho de propiedad en sus diversas especies sobre toda clase de bienes corporales o incorporales".
Una vez electos los convencionales (...) atentan en contra de la igualdad ante la ley del resto de los ciudadanos (…) cambiando los quórum establecidos en la Constitución vigente, burlándose y atropellando los derechos humanos del resto de la ciudadanía”, argumentaron en el texto.
Incluso aseveraron que la Convención “ha secuestrado la soberanía de los ciudadanos de la República de Chile, otorgada por la Constitución actualmente vigente”.
Sin embargo, la Cortese declaró incompetente para conocer la reclamación argumentando que ninguna autoridad ni Tribunal “podrá conocer acciones o reclamos o recursos vinculados con las tareas que la Constitución asigna la Convención”.
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