
El Coordinador Eléctrico Nacional aplicó una restricción operativa a 17 pequeñas centrales solares, limitando la inyección de energía, debido a que “exhiben un comportamiento fuera de los criterios de seguridad eléctrica establecidos en la normativa aplicable".
El Coordinador Eléctrico Nacional aplicó una restricción operativa a 17 pequeñas centrales solares, limitando la inyección de energía.
Según afirmaron esta medida se debe a que “exhiben un comportamiento fuera de los criterios de seguridad eléctrica establecidos en la normativa aplicable, observados luego de perturbaciones recientes en la red, y se ha constatado que dicho comportamiento contribuyó a amplificar el efecto de dichas contingencias”.
Además, apuntan a la “alta de respuesta oportuna por parte de estas centrales, pese a reiteradas solicitudes de información, respecto de sus configuraciones operacionales, por parte del Coordinador”.
Asimismo, detallaron que el 29 de marzo, 3 y 5 de abril, y el 15 de septiembre, se registraron perturbaciones en la red, cuyo impacto se vio amplificado por la desconexión automática de unidades generadoras, tanto de gran escala como PMGD solares.
“Como parte de las acciones correctivas, el Coordinador ya había limitado previamente la operación de algunas centrales de mayor tamaño, en tanto ellas no demostraran que su configuración se ajusta a la normativa técnica correspondiente”, indicaron.
Posteriormente, se inició una revisión detallada del parque PMGD y se solicitó a cada titular que entregara información y evidencia técnica sobre la configuración de sus sistemas de protección.
En la última solicitud de antecedentes, realizada el 22 de agosto, de un total de 366 empresas, 102 no habían respondido al 16 de septiembre.
Ante esta situación, el Coordinador instruyó “restringir la inyección de aquellas que tuvieron un mal comportamiento y no demostraron el cumplimiento normativo de sus sistemas de protección”.
Debido a esto, a contar de las 00:00 horas de este jueves 25 de septiembre, se limitó la operación de 17 pequeñas centrales de generación solares, equivalentes a aproximadamente 90 MW de capacidad instalada.
Esta restricción se mantendrá vigente hasta que “cada titular entregue evidencia suficiente de que sus parámetros de operación han sido corregidos y cumplen con los estándares técnicos definidos”.
Además, se ha informado a la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) sobre el eventual incumplimiento normativo de los PMGDs que no entregaron la información solicitada.
PURANOTICIA