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Contraloría no dio curso a las modificaciones a la Ley Uber propuestas por el Ministerio de Transportes

Contraloría no dio curso a las modificaciones a la Ley Uber propuestas por el Ministerio de Transportes

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El ente fiscalizador apuntó a una serie de deficiencias, entre ellas la falta de fundamentos técnicos y jurídicos, además de la ausencia de una consulta pública.

Contraloría no dio curso a las modificaciones a la Ley Uber propuestas por el Ministerio de Transportes
Jueves 11 de junio de 2026 16:01
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La Contraloría General de la República no dio curso a las modificaciones al reglamento de la ley de aplicaciones de transporte, más conocida como "Ley Uber", debido a que el Ministerio de Transportes no entregó los fundamentos técnicos de la medida.

En un oficio, el organismo expresó que la medida del ministerio "elimina, modifica y disminuye exigencias técnicas aplicables a los vehículos destinados a prestar a la ciudadanía los servicios de taxi, tales como antigüedad máxima de operación, antigüedad mínima para su primera inscripción y cilindrada mínima, sin que consten los fundamentos fácticos, técnicos y jurídicos que justifiquen tales medidas, ni las razones por las cuales no se sometieron a consulta pública".

Añade que "se incluyen modificaciones que rebajan el estándar y calidad de los servicios que la ciudadanía ya recibe, de manera que, con mayor razón, resulta menester que tal decisión se encuentre debidamente fundada en razones fácticas, técnicas y jurídicas debidamente acreditadas, que justifiquen plenamente su adopción, máxime si ello redunda directamente en el estándar mínimo exigible a otros servicios de transporte, como son aquellos realizados a través de las empresas de aplicación de transportes reguladas en la ley".

Los cambios en el reglamento que proponía Transportes iban en la línea de flexibilizar las antigüedades de los vehículos, según detalló el ministro de la cartera, Louis de Grange en abril de este año, “para la primera inscripción el límite sube de 1 a 5 años; para el reemplazo de vehículos aumenta de 3 a 5 años, con un régimen especial de 7 años en zonas extremas; y la antigüedad máxima de operación se extiende de 12 a 15 años”.

Además, se proponía eliminar exigencias de cilindrada y de potencia de motor, las que estarían igualadas entre taxis y vehículos de empresas de aplicaciones de transporte (EAT).

(Imagen referencial: Ministerio de Transportes)

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