
La resolución del organismo fiscalizador ratificó el criterio de la Subsecretaría de Transportes y se basa en el Decreto N° 20 de 1982, que establece la restricción.
La Contraloría General de la República (CGR) emitió un dictamen que pone fin a las dudas sobre el uso de la Tarjeta Nacional Estudiantil (TNE). El organismo fiscalizador ratificó que el beneficio está destinado únicamente a viajes realizados con motivos académicos, desestimando su uso para fines personales o recreacionales.
Con esta resolución, la CGR respaldó el criterio previamente sostenido por la Subsecretaría de Transportes. El dictamen se originó a partir del reclamo de un estudiante que cuestionaba las restricciones, argumentando que la Junaeb no hacía distinciones sobre los fines del traslado.
Sin embargo, la Contraloría hizo valer el Decreto N° 20 de 1982, del Ministerio de Transportes, que establece que la TNE permite el traslado de estudiantes solo para viajes "con motivo de estudio". La misma restricción se encuentra en la Guía de Derechos y Deberes de los Estudiantes.
Aunque el dictamen de la Contraloría confirma que el motivo del viaje debe ser académico, el organismo hizo importantes aclaraciones para los estudiantes sobre el uso de la Tarjeta Nacional Estudiantil (TNE):
Fiscalización: Los choferes y empresas de transporte público no tienen la facultad de exigir que un estudiante demuestre el motivo de su viaje. La fiscalización es responsabilidad exclusiva del Ministerio de Transportes y Carabineros.
Vigencia: La TNE es válida todos los días del año, sin restricciones de horario ni calendario. Esto incluye fines de semana, feriados y los meses de enero y febrero.
Medios de transporte: La tarjeta puede ser usada en cualquier medio de transporte público de la respectiva región, como microbuses, taxibuses, trolebuses y servicios de trenes metropolitanos (Metro, EFE y Merval).
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