De esta forma la iniciativa promovida por el gobierno cumplió con su trámite en el Congreso y quedó lista para ser promulgada por el presidente Sebastián Piñera.
El Congreso finalmente despachó el proyecto de ley que buscaba excluir del beneficio de rebaja de penas a quienes hayan sido condenados por delitos sexuales contra niños, niñas y adolescentes, por lo que la iniciativa, impulsada por el Ministerio de Justicia, quedó presta a convertirse en ley.
El proyecto de ley fue aprobado en sala del Senado como último trámite legislativo, por lo que los condenados por la comisión de delitos sexuales que tengan por víctima a menores de edad, quienes se beneficiaban de la rebaja de penas equivalente a dos meses por cada año de cumplimiento mientras cumplieran con algunos requisitos, y tres meses por cada año si el interno postulaba al beneficio al cumplir la mitad de su condena. Quedando fuera de este beneficio, los ofensores sexuales de menores de edad quedan a la par con internos que hayan sido condenados por homicidio calificado, parricidio y robos violentos, todos los cuales no pueden ser beneficiados con la rebaja de penas.
El ministro Hernán Larraín afirmó que la aprobación de esta iniciativa “protege a la infancia y se complementa con otras reformas que hemos aprobado, como la que declaró imprescriptibles los delitos sexuales en contra menores de edad, y otros proyectos de ley que estamos terminando su tramitación, como es el que perfecciona el Registro de Ofensores Sexuales y el que tipifica la explotación sexual comercial infantil”, agregó el secretario de Estado, según Cooperativa.
El catálogo de delitos específicos que quedarán excluidos de este beneficio incluyen a los apremios ilegítimos u otros tratos crueles, inhumanos o degradantes con violación o abuso sexual agravado; violación propia, violación a persona menor de 14 años, estupro, abuso sexual agravado, abuso sexual propio, abuso sexual a persona menor de 14 años, corrupción de menores, producción de material pornográfico infantil, promoción o facilitación de la prostitución de menores, obtención de servicios sexuales por parte de personas menores de edad; comercialización, difusión y adquisición o almacenamiento de material pornográfico infantil; trata calificada de personas, en relación con la explotación sexual; y robo con violación.
A LEY✅|Sala del Senado aprobó el informe de la Comisión Mixta sobre el proyecto que que excluye de rebaja de penas a quienes hayan cometido crímenes de carácter sexual contra personas menores de edad.
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— Senado Chile (@Senado_Chile) January 26, 2022
PURANOTICIA