El Séptimo Tribunal Oral de Santiago sentenció en fallo unánime a José Pablo Peñafiel por siete delitos consumados entre 2009 y 2017 en distintas comunas del país. El histórico juicio requirió intérpretes en lengua de señas debido a que tanto el imputado como las víctimas presentan discapacidad auditiva.
El Séptimo Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago condenó a José Pablo Peñafiel Ossandón a la pena única de 20 años de presidio efectivo, en calidad de autor de siete delitos consumados de violación, cometidos entre 2009 y 2017 en las comunas de Macul, Ñuñoa, Santiago, Linares y Valparaíso.
En un fallo unánime, el tribunal —integrado por los jueces Manuel Guerrero González, presidente; Bernardita González Figari, redactora; y Natalia Escárate Andrade— aplicó además las penas accesorias correspondientes, entre ellas la inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos, además de la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena.
En la causa, el tribunal rechazó la excepción de prescripción de la acción penal presentada por la defensa y absolvió a Peñafiel Ossandón de otros cargos formulados por el Ministerio Público, debido a que no fueron acreditados durante el juicio. Entre ellos se encontraban otros delitos reiterados de violación de mayor de 14 años, un delito de violación de menor de 14 años y dos delitos de abuso sexual de mayor de 14 años.
Una vez que la sentencia quede ejecutoriada, el tribunal dispuso la toma de muestras biológicas del condenado para determinar su huella genética e incorporarla al Registro Nacional de ADN de Condenados.
El proceso tuvo una característica particular, debido a que el acusado, la totalidad de las víctimas y varios testigos pertenecen a la comunidad nacional de personas sordas. Por esta razón, durante todo el juicio fue necesaria la presencia de dos intérpretes de lengua de señas, encargados de facilitar la comunicación entre las partes, el tribunal y quienes utilizan este sistema.
Pese a esta dificultad, el tribunal estableció, más allá de toda duda razonable, que entre 2009 y 2017 Peñafiel Ossandón cometió delitos sexuales en contra de al menos ocho víctimas con sordera, en distintos grados de disminución auditiva.
El primer hecho, ocurrido en una fecha indeterminada de julio de 2009, tuvo lugar en un domicilio de la comuna de Macul. Según estableció el tribunal, el acusado se encontraba con una joven con quien mantenía una relación y, en ese contexto, utilizó la fuerza para concretar una agresión sexual.
El segundo hecho, ocurrido en junio de 2009, se registró en el colegio Profesor González Heinrich, en la comuna de Ñuñoa. La víctima tenía 16 años al momento de los hechos. De acuerdo con la sentencia, el acusado la llevó hasta una sala del establecimiento y utilizó la fuerza para cometer una agresión sexual.
El tercer hecho, ocurrido entre 2014 y 2015, se produjo luego de que el acusado trasladara a la víctima hasta una imprenta familiar ubicada en calle Victoria, en Santiago. Allí, según estableció el tribunal, la sometió mediante el uso de la fuerza y cometió una agresión sexual.
El cuarto hecho, ocurrido en una fecha indeterminada de 2017, también tuvo lugar en la imprenta de calle Victoria. En esta oportunidad, el tribunal determinó que el acusado utilizó la fuerza para inmovilizar a la víctima y posteriormente cometer una agresión sexual.
El quinto hecho, ocurrido en febrero de 2017, se registró durante unas vacaciones en la comuna de Linares. Según estableció el tribunal, el acusado abusó de la condición en que se encontraba la víctima para cometer una agresión sexual.
El sexto hecho, ocurrido entre 2013 y 2014, se produjo después de una fiesta a la que habían asistido el acusado y la víctima. De acuerdo con la sentencia, posteriormente se trasladaron hasta un inmueble de calle Victoria, donde funcionaba la imprenta familiar, y el acusado utilizó la fuerza para cometer una agresión sexual.
El séptimo hecho, ocurrido durante 2015, tuvo lugar en un domicilio de la comuna de San Bernardo. El tribunal estableció que el acusado llevó a la víctima hasta una habitación y utilizó la fuerza física para someterla y cometer una agresión sexual.
En el mismo período, se acreditó un segundo hecho relacionado con la misma víctima, ocurrido al interior de la imprenta familiar ubicada en calle Victoria, en Santiago. Según el fallo, el acusado volvió a utilizar la fuerza para concretar una agresión sexual.
Finalmente, el octavo hecho, ocurrido entre 2010 y 2011, tuvo como víctima a una adolescente que tenía 15 años. El episodio se registró en un inmueble de la comuna de Valparaíso, donde, según estableció el tribunal, el acusado utilizó la fuerza y posteriormente profirió amenazas para evitar que la víctima contara lo ocurrido.
Tras analizar la prueba presentada durante el juicio, el tribunal determinó la responsabilidad penal del acusado en siete de los delitos de violación acreditados, imponiéndole una pena única de 20 años de presidio efectivo.
PURANOTICIA