
La arremetida judicial, impulsada por la defensora regional Daniela Báez y el defensor jefe de Santiago Víctor Providel no tuvo eco en el tribunal de alzada capitalino. Se rechazó, de plano, revisar la prisión preventiva por esa vía.
La Corte de Apelaciones de Santiago, declaró inadmisible un recurso de amparo presentado por la defensa de Manuel Monsalve y que buscaba revertir la prisión preventiva en la que se encuentra la exautoridad desde hace cuatro meses, en medio de la investigación en su contra por el delito de violación.
“Los antecedentes expuestos en el recurso no constituyen una denuncia de hechos que correspondan a aquellos que, según el artículo 21 de la Constitución Política de la República, deban ser conocidos en esta clase de acciones, máxime si, de lo señalado se advierte que los mismos se encuentran bajo la tutela jurisdiccional del 7° Juzgado de Garantía de Santiago, en el marco del procedimiento previsto para ello por el legislador, el que contempla mecanismos específicos para impugnar las decisiones que se adopten en su tramitación", señala parte de la decisión del tribunal de alzada capitalino.
Asimismo, en la determinación, a la que tuvo acceso La Tercera, sostiene que "No puede pretenderse que la acción de amparo se erija en un instrumento que propicie la revisión anómala e impropia de lo actuado por un tribunal. Aceptarlo importaría distorsionar tanto la finalidad de la acción de amparo como la regularidad elemental del procedimiento que la rige y que ha sido prevista expresamente por el legislador con un fin específico, diverso al que pretende atribuirse, buscando en definitiva una revisión a través de una triple instancia".
La defensa de Monsalve - representada por Daniela Báez y Santiago Víctor Providel- sostenía mediante el amparo que el juez había vulnerado garantías constitucionales y principios fundamentales al decretar una prisión preventiva precedida por una resolución que carece del fundamento mínimo exigido, sin fundamentar suficientemente y en detalle, las razones dirigidas al imputado, para que este comprenda su privación de la libertad”.
Cabe recordar que el pasado 2 de abril, se llevó a cabo en el 7° Juzgado de Garantía de Santiago la revisión de medidas cautelares, ocasión en que la jueza Carla Cappello, estimó que el exsubsecretario debía permanecer en la cárcel.
PURANOTICIA