Objetivo de la solicitud planteada por la fiscal Paulina Díaz era identificar las fuentes de estos profesionales de las comunicaciones en el marco de este bullado caso judicial.
El Colegio de Periodistas de Chile expresó su más enérgico repudio a la solicitud de la fiscal Paulina Díaz, jefa de Alta Complejidad de la Fiscalía Occidente, para interceptar los registros telefónicos de 11 periodistas en el «Caso Hermosilla», lo que fue rechazado por los tribunales de Justicia.
La fiscal intentó espiar los teléfonos de Francisca Skoknic (La Bot), Gabriela Pizarro (ex The Clinic, actual Ciper), Nicolás Cerpa (ex The Clinic), Leslie Ayala (La Tercera), Catalina Olate (Ciper), Benjamín Miranda (Ciper), Francisca Soto (Ciper), Daniel Meza (Ciper), Paulina Toro (Ciper), Macarena Segovia (Ciper) y Nicolás Sepúlveda (ex Ciper y actualmente en Reportea) todo con el propósito de identificar sus fuentes en el marco del denominado «Caso Hermosilla».
"Esta medida, que buscaba acceder a registros de llamadas, datos de georreferenciación y tráfico de datos móviles, constituye una grave amenaza a los derechos fundamentales y a la libertad de prensa, vulnerando compromisos y garantías internacionales suscritas por el Estado de Chile", declaró el colegio.
"Este intento de vigilancia representa un acto inaceptable de vulneración del secreto de las fuentes periodísticas, principio esencial del periodismo y del Estado de derecho. Promover acciones de este tipo equivale a amedrentar a la prensa, debilita la función social del periodismo e instala un precedente peligroso que busca silenciar investigaciones sobre hechos de corrupción e interés público", añadió.
También expresó que "la Fiscalía, al impulsar esta solicitud, desconoce el marco legal y ético que protege la labor informativa y atenta contra el derecho de la ciudadanía a estar informada".
"Valoramos la decisión del 4º Juzgado de Garantía y de la Corte de Apelaciones de Santiago, que rechazaron categóricamente esta solicitud, señalando que las y los periodistas “revisten calidad de terceros o testigos” y que no existía 'mínima convicción' de delito que justificara una medida tan intrusiva. Esta resolución reafirma el carácter constitucional del secreto de las fuentes y protege un pilar fundamental para el ejercicio de la libertad de prensa en Chile", recalcó el gremio.
"El secreto profesional, consagrado en la Ley N.º 19.733, establece con claridad que las y los periodistas no pueden ser obligados a revelar sus fuentes, ni siquiera por mandato judicial", enfatizó.
"El Colegio de Periodistas de Chile expresa su plena solidaridad con las y los profesionales afectados y reitera su compromiso con la defensa del secreto profesional, la libertad de expresión y el libre ejercicio del periodismo. No toleraremos ningún intento de vulnerar estos principios, pilares esenciales de la democracia y del derecho ciudadano a recibir información veraz, plural y oportuna", concluyó.
PURANOTICIA