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Cámara de Diputados aprueba solicitud para revisar y revocar rebajas de pena a condenados por delitos sexuales desde 2022

Cámara de Diputados aprueba solicitud para revisar y revocar rebajas de pena a condenados por delitos sexuales desde 2022

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Con 80 votos a favor, la iniciativa busca revertir los beneficios concedidos, exigir el regreso a prisión de los involucrados y despachar una ley que prohíba la reducción de condenas a autores de delitos violentos.

Cámara de Diputados aprueba solicitud para revisar y revocar rebajas de pena a condenados por delitos sexuales desde 2022
Jueves 29 de octubre de 2026 09:38
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En el marco de la sesión especial sobre la rebaja de penas a condenados por delitos sexuales contra menores de edad, la Cámara de Diputados aprobó, por 80 votos a favor, uno en contra y 38 abstenciones, una solicitud de resolución presentada por la bancada de Renovación Nacional (RN), que busca revisar y revocar estos beneficios.

El texto solicita disponer las urgencias y gestiones necesarias para despachar a la brevedad la iniciativa legal destinada a prohibir la rebaja de penas a condenados por delitos violentos e incorporar a las víctimas en el proceso de concesión de este beneficio.

Asimismo, la resolución pide revisar y revocar, cuando corresponda, los decretos que concedieron beneficios de reducción de condena a personas condenadas por delitos sexuales desde 2022, además de adoptar las medidas pertinentes para que quienes deban hacerlo vuelvan a cumplir sus penas privativas de libertad.

El documento plantea que la aplicación de la Ley N° 21.421, que excluyó de estos beneficios a condenados por delitos sexuales contra menores de edad, ha generado interpretaciones judiciales divergentes respecto de su alcance temporal. Según los fundamentos de la solicitud, esta controversia ha provocado incertidumbre jurídica y preocupación entre las víctimas y sus familias.

En esa línea, la solicitud identifica 56 decretos de rebaja de condena que, según sus fundamentos, deben ser examinados caso a caso por el Ministerio de Justicia. La revisión deberá considerar, entre otros aspectos, si el beneficio fue concedido en cumplimiento de una sentencia firme, si existió una decisión administrativa y si corresponde aplicar la excepción prevista en el artículo 73 del Código Penal.

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