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Cámara aprueba proyecto de ley que permite realizar las elecciones de octubre en dos días: iniciativa pasa al Senado

Cámara aprueba proyecto de ley que permite realizar las elecciones de octubre en dos días: iniciativa pasa al Senado

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El resultado de la votación en general fue de 87 votos a favor, 44 en contra y 4 abstenciones.

Cámara aprueba proyecto de ley que permite realizar las elecciones de octubre en dos días: iniciativa pasa al Senado
Lunes 1 de julio de 2024 21:21
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Más de veinte mil candidatos podrían presentarse en las elecciones regionales y municipales de octubre. Ello, sumado a la obligatoriedad del voto, llevó al gobierno y al Servicio Electoral a plantear un cambio legal, para que haya elecciones en dos días, el sábado 26 y domingo 27 de octubre.

El proyecto que concreta este cambio fue aprobado por la Sala y retornó al Senado, a tercer trámite constitucional. Ello, porque en su paso por la Cámara recibió varias indicaciones y modificaciones.

El resultado de la votación en general fue de 87 votos a favor, 44 en contra y 4 abstenciones.

El texto legal introduce otros cambios relativos al proceso eleccionario. Así, por ejemplo, se elimina la prohibición de venta de alcohol -la llamada “ley seca”- durante los comicios. Asimismo, establece las medidas para el resguardo de las urnas al término del primer día de votación.

A la vez, la propuesta dispone una serie de modificaciones respecto a la inscripción y declaración de candidaturas. Por ejemplo, que podrán realizarse a través de una plataforma electrónica que levantará el Servel.

En materia de publicidad electoral, el proyecto incorporaba dentro de los medios a regular las redes sociales y plataformas digitales o canales concesionarios de televisión local o regional. Sin embargo, esto fue rechazado por la Sala.

La propuesta modifica el proceso de designación de vocales, introduciendo el uso de sistemas computacionales. También, reduce el número de procesos en que los electores deben ejercer dicha función a solo dos consecutivos.

Ello, incluyendo presidenciales, parlamentarias, municipales, regionales y plebiscitos. Luego, no podrán ser designados vocales en los ocho años siguientes.

En cuanto a las excusas, se clarifica que las personas cuidadoras podrán justificarse mediante la credencial respectiva o comprobando su inscripción en el Registro de Cuidadores.

Adicionalmente, el texto que establece las elecciones en dos días confirma el uso del lápiz pasta azul en las votaciones, reemplazando al lápiz grafito.

Además, se aumenta de dos a tres horas el periodo de permiso que tendrán las y los trabajadores para ir a votar, en los casos de aquellas labores que deban realizarse necesariamente un día de elección o plebiscito.

Otro punto incorporado es que el transporte público mayor deberá disponer del funcionamiento de su flota, para asegurar el desplazamiento de las y los votantes.

En la Cámara se incorporó también una nueva inhabilidad, para que las personas deudoras de pensión alimenticia no puedan ser candidatas a alcaldes, concejales, gobernadores regionales y consejeros regionales.

Respecto al reembolso del voto, el proyecto rebaja el aporte a los candidatos independientes y partidos de cuatro centésimas de UF a veintiséis milésimas por sufragio obtenido. Por otro lado, las candidatas a alcaldesas, gobernadoras regionales, consejeras regionales y concejalas, tendrán derecho a un reembolso adicional de 6,5 milésimas de UF por voto obtenido.

En tanto, una norma que proponía aumentar la multa para quienes no votaran y no se justificaran, fue rechazada.

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