
Hoy en día existe un vacío legal que es el que posibilita que se sigan acumulando cables en los postes de las ciudades, lo que no solo genera contaminación visual, sino que también pueden causa una serie de accidentes.
Listo para ser votado en general por la Sala del Senado quedó el proyecto que modifica la Ley General de Telecomunicaciones para facultar el retiro del cableado aéreo en desuso por parte de las municipalidades.
La Comisión de Transportes y Telecomunicaciones aprobó la idea de legislar sobre la iniciativa, luego de escuchar la exposición de los representantes de la Asociación Chilena de Municipalidades, de la Asociación de Municipalidades de Chile, de la Asociación de Empresas Eléctricas, que agrupa el 97% de los regulados, y del Subsecretario de Telecomunicaciones, Claudio Araya.
Los invitados plantearon que actualmente existe un vacío legal que es el que posibilita que se sigan acumulando cables en los postes de las ciudades, lo que no solo genera contaminación visual, sino que también pueden causa una serie de accidentes como caída de postes, entre otros.
Asimismo, señalaron que es fundamental que exista un catastro de las empresas que tienen cableado aéreo en las calles, señalando que son las empresas de telecomunicaciones las que pueden tener una trazabilidad de los cables que se usan y los que no, lo que facilitaría la fiscalización por parte de los municipios
Agregaron que existen normativas por parte de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) que regula el retiro y reposición de tendido eléctrico, por lo que no existe ese tipo de cableado en desuso.
En lo fundamental, el proyecto aprobado en general señala que "en caso de que la concesionaria o permisionaria no proceda al retiro, traslado u ordenación de los elementos de la red que le haya sido requerido dentro de plazo por la municipalidad, o por la Subsecretaría de Telecomunicaciones en su caso, los municipios podrán retirar, trasladar u ordenar estos elementos a costa de las concesionarias o permisionarias, conforme lo indique el reglamento".
Para ello, se establece que el municipio debe notificar a la concesionaria o permisionaria, especificando la fecha en que ejecutará el retiro, traslado u ordenación y sus costos asociados.
Además, en el caso que se trate de un elemento cuya propiedad no sea posible determinar, el municipio deberá notificar a todas las concesionarias y permisionarias autorizadas en la comuna, la fecha en que ejecutará el retiro, traslado u ordenación y los costos correspondientes.
"En este último caso, ellos deberán ser reembolsados por partes iguales entre las concesionarias y/o permisionarias autorizadas a prestar servicios de telecomunicaciones en la comuna", señala la propuesta.
PURANOTICIA