La moción surgió a partir del caso de la menor Jacinta González, de cinco meses de edad, que falleció mientras paseaba con sus padres en su coche, en un accidente ocasionado por un conductor de 80 años que padecía cáncer en etapa IV y que perdió el control del vehículo.
La Comisión de Transportes de la Cámara de Diputados aprobó y despachó a Sala el proyecto que modifica la Ley de Tránsito respecto de la exigencia de aptitudes físicas y psíquicas para tener licencia de conducir vehículos motorizados.
El texto corresponde a una moción de la diputada Erika Olivera (Demócratas) que surgió a partir del caso de la menor Jacinta González, de cinco meses de edad, que falleció mientras paseaba con sus padres en su coche, en un accidente ocasionado por un conductor de 80 años que padecía cáncer en etapa IV y que perdió el control del vehículo.
El gobierno asignó suma urgencia a la tramitación del proyecto e ingresó diversas indicaciones para modificar la propuesta, aprobadas por la comisión.
De este modo, se establece que los solicitantes de licencia de conducir deben acreditar, mediante declaración jurada, que no han sido diagnosticados ni conocen padecer alguna de las enfermedades inhabilitantes o restrictivas que defina el reglamento respectivo.
Todos los interesados en obtener cualquier tipo de licencia de conducir tendrán la obligación de emitir la declaración.
Asimismo, en caso de presentar una declaración falsa, esto se considerará una infracción o contravención grave de la Ley de Tránsito y se cancelará la licencia de conducir.
Además, la evaluación de la idoneidad física y psíquica de los postulantes o de los titulares de licencias de conductor deberá realizarse de acuerdo a lo establecido en el citado reglamento.
Este protocolo, dictado por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones y suscrito por el Ministerio de Salud, determinará el procedimiento que deben llevar a cabo las municipalidades para la acreditación de dicha idoneidad.
PURANOTICIA