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Alza de autofraudes sería el principal motivo del retiro de las tarjetas de coordenadas

Alza de autofraudes sería el principal motivo del retiro de las tarjetas de coordenadas

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El aumento de esta práctica que registra la banca el año pasado llevó a pagar hasta US$250 en un periodo de 12 meses.

Alza de autofraudes sería el principal motivo del retiro de las tarjetas de coordenadas
Miércoles 6 de agosto de 2025 10:12
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La eliminación de la tarjeta de coordenadas como método de autentificación por parte de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) causó molestias y reclamos entre algunos usuarios del sistema bancario, especialmente pensando en aquellos que tienen menos facilidad de acceso a productos digitales.

Según informa El Mercurio, el origen de esta medida se remonta al alza en los autofraudes que registró la banca el año pasado y que en un momento los llevó a pagar hasta US$ 250 millones en un periodo de 12 meses.

“La eliminación de las tarjetas de coordenadas responde a una instrucción de nuestro regulador”, dijo ayer el gerente general de la Asociación de Bancos e Instituciones Financieras (ABIF) Luis Opazo. “Creemos que es importante que nuestras regulaciones, especialmente en este tipo de medidas, busquen un equilibrio entre seguridad, pero también buscando que los clientes tengan un adecuado uso de éstas y también que responda a las distintas realidades en materia de pagos”, indicó.

Establecer mayores medidas de seguridad para evitar fraudes fue parte de la discusión que se dio en el Congreso el año pasado, en el contexto de la modificación a la Ley de Fraudes por el alza en la cantidad de personas que defraudaban sus bancos. En enero de 2024, la ABIF indicó ante el Senado que el proyecto de ley facultaba “a la CMF a dictar estándares de seguridad. Sin embargo, esto es distinto al caso de España, donde el cumplimiento de los estándares de seguridad permite establecer la responsabilidad del emisor”.

Su propuesta “era establecer un mecanismo para canalizar al regulador (CMF) casos donde exista evidencia de fraude o negligencia, requiriéndose para estos efectos que el regulador defina previamente los requisitos para la autenticación reforzada de la operación”.

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