El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Viña del Mar desestimó las pruebas presentadas por el ente persecutor, que pedía hasta 20 años de cárcel para los imputados. Es por ello, que no descartaron "recurrir a la nulidad" el próximo 10 de noviembre en la audiencia de comunicación del fallo.
La determinación del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Viña del Mar de absolver a los cuatro presuntos implicados en la quema de la Municipalidad de Quilpué en 2019, ha generado revuelo no solo en el ámbito político y social, sino que también en el judicial.
En veredicto unánime, el tribunal absolvió de todos los cargos a los cuatro acusados, incluida una menor de edad. De esta manera, se acreditó el incendio, pero no su participación, por lo cual se levantaron las medidas cautelares, ya que dos de los imputados se encontraban en prisión preventiva.
Tras ello, la fiscal jefe de Quilpué, Mónica Arancibia, señaló que existen medios de prueba que dan “cuenta de la clara participación” de al menos dos de los imputados, que serían registros de cámaras de vigilancia.
“Si la Fiscalía no hubiese tenido el convencimiento de acuerdo a los elementos reunidos durante la investigación, de que los cuatro acusados tenían participación en los hechos, no los hubiéramos acusado, pero teníamos los elementos para sostener la acusación”, comenzó explicando la fiscal.
“Estamos esperando que el tribunal dé a conocer los fundamentos de la absolución el 10 de noviembre, sin perjuicio de que hoy dio cuenta de algunos, hay que leer con calma la sentencia y ver los fundamentos del tribunal que obviamente no compartimos”, agregó.
Así, en la audiencia la Jueza del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal, Viviana Poblete, leyó el veredicto, en el cual se expresó que “tras escuchar los testimonios de testigos y declaraciones de los peritos, además de las pruebas documentales, fotografías y videos exhibidos en la audiencias permitieron acreditar que el 29 de octubre de 2019, alrededor de las 19:00 horas, mientras en Quilpué se realizaban manifestaciones públicas, un grupo de individuos no identificados concurrieron hasta el frontis de la Municipalidad de Quilpué procediendo a prender fuego al edificio”.
“El órgano persecutor logró acreditar en la audiencia del juicio que intencionadamente sujetos prendieron fuego en el hall de acceso del edificio de la Municipalidad, de manera tal que resultó éste incontrolable, resultando quemada gran parte de las dependencias”, detallaron en la instancia", agregó la jueza en su lectura.
Sin embargo, “las proposiciones formuladas por el ente persecutor no resultaron acreditadas del modo en que se formularon”, es decir, no se acreditó la conducta que le atribuyó a cada uno de los acusados. “Lo que en definitiva determinó la absolución de todos ellos”, se explicó.
"No se comprobó que los acusados se hayan concertado entre ellos o con los participantes del incendio para concretar el ilícito", agregó.
En el caso de la menor de edad, la absolución respondió a la inconsistencia y contradicciones de las declaraciones de los testigos de cargo y la producida por la defensa.
Tras la finalización de la audiencia, la fiscal Arancibia indicó que “habían dos tipos de pruebas para dos acusados, que eran los testimonios de cuatro funcionarios de la SIP (de Carabineros) que practicaron la detención el día de los hechos. Entendemos que puede ser un tema de valoración de esos testimonios, el cómo el tribunal valoró o no lo que dijeron los funcionarios policiales, lo que vieron y escucharon el día de los hechos”.
Para los otros dos acusados, correspondientes a quienes a día de hoy se encontraban en prisión preventiva, la fiscal explicó que tenían una “prueba contundente”, consistente en la filmación de cámaras, en donde según dijo la fiscal, se les veía “arrojando elementos encendidos”.
Sin embargo, finalmente el Tribunal desestimó aquello, por lo cual Arancibia aseveró que “la Fiscalía va a analizar la sentencia. Hay que ver si tenemos algunas causales para recurrir a la nulidad”.
Fue así como el Tribunal dio la orden inmediata de libertad para los acusados Sergio Jaramillo y Luis Corvalán, que se encontraban recluidos. La Fiscalía pedía 20 años de cárcel para los tres adultos y cinco de internación provisoria para la adolescente.
Adicionalmente, también se absolvió a uno de los jóvenes por la acusación formulada en su contra por el delito de cultivo de marihuana.
En tanto, la audiencia de comunicación de fallo se dará efecto vía remota el próximo miércoles 10 de noviembre.
PURANOTICIA