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Corte rechazó prisión preventiva de Camila Polizzi y justificó sus shows en club nocturno

Corte rechazó prisión preventiva de Camila Polizzi y justificó sus shows en club nocturno

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La Corte de Apelaciones Concepción rechazó la prisión preventiva de Camila Alondra Polizzi Fonceca, solicitada por la Fiscalía Regional del Biobío, luego de las presentaciones de la imputada en un club nocturno de Santiago.

Corte rechazó prisión preventiva de Camila Polizzi y justificó sus shows en club nocturno
Miércoles 30 de julio de 2025 13:22
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La Corte de Apelaciones Concepción rechazó la prisión preventiva de Camila Alondra Polizzi Fonceca, solicitada por la Fiscalía Regional del Biobío, luego de las presentaciones de la imputada en un club nocturno de Santiago.

Según la fiscalía, Polizzi incumplió el arresto domiciliario total que se le impuso tras ser formalizada como autora de los delitos consumados de usurpación de identidad, uso malicioso de instrumento público falso y lavado de activos, en una arista del caso Convenios.

En fallo unánime, la Segunda Sala del tribunal de alzada –integrada por las ministras Valentina Salvo Oviedo, Jimena Troncoso Sáez y Margarita Sanhueza Núñez– confirmó la resolución dictada por el Juzgado de Garantía de Concepción, que mantuvo a la imputada con arresto domiciliario total.

Para la fiscalía, Polizzi incumplió de manera grave, notoria y pública la suspensión de la medida cautelar que le había sido concedida, toda vez que solo tenía autorización para concurrir a un club nocturno, donde efectuaría dos presentaciones los días 4 y 5 de junio último.

Afirmó que la autorización le fue concedida por el juez de Garantía a contar de las 5 de la madrugada del día 4 de junio hasta las 10 horas del 6 de junio, ambas del año en curso, con el objeto de dar tiempo para los traslados a la ciudad de Santiago.

Sin embargo, según la fiscalía la imputada aprovechó dicha oportunidad para conceder una entrevista en un canal de televisión de Santiago que fue transmitida a todo el país, para lo cual no contaba con la autorización correspondiente, por lo que cayó en incumplimiento.

La corte desestimó los argumentos de la fiscalía, porque no precisó "en qué habría consistido el perjuicio que dicha entrevista habría ocasionado a la investigación que se encuentra vigente en su contra, ni tampoco de qué forma se pusieron en peligro los objetivos de la cautelar cuando se decretó la suspensión".

"Así las cosas, y teniendo en consideración los términos en que fue concedida la suspensión de la cautelar, que no contiene restricción alguna, no se advierte de qué manera se habría incumplido o perjudicado la investigación en curso", agregó el fallo de la corte.

“Por otra parte, no se puede soslayar que la autorización concedida tuvo por finalidad que la imputada obtuviera ingresos que le permitieran proveer de fondos para su manutención y de sus hijas menores, lo que no fue impugnado en su oportunidad”, concluyó.

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