El Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) rechazó el requerimiento por supuesta colusión entre empresas de helicópteros proveedoras de Conaf de extinción de incendos, interpuesto por la Fiscalía Nacional Económica (FNE).
El Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) rechazó el requerimiento por supuesta colusión entre empresas de helicópteros proveedoras de Conaf de extinción de incendos, interpuesto por la Fiscalía Nacional Económica (FNE).
Según informó Pulso de La Tercera en 2020, la entidad persecutoria liderada por el fiscal nacional económico Ricardo Riesco presentó un requerimiento por colusión en contra de las firmas Calquín y Faasa, además de Ricardo Pacheco y Rodrigo Lizasoaín, gerente comercial negocio para Latinoamérica de Faasa y gerente general de Calquín, respectivamente.
En su sentencia el TDLC resolvió “acoger las excepciones de prescripción extintiva opuesta por Calquín Helicopters SpA; Pegasus South America Servicios Integrales de Aviación SpA (Faasa); Rodrigo Juan Pablo Lizasoaín Videla y Ricardo Pacheco Campusano”.
En el requerimiento el entonces fiscal Riesco, que había asumido en el cargo recientemente, decidió inhabilitarse y la acción ante el TDLC fue encabezado por el en ese entonces subfiscal nacional económico, Felipe Cerda. En su sentencia el TDLC no condenó en costas a la FNE por haber considerado que tuvo argumentos plausibles para litigar.
“El acuerdo colusorio que recayó en la licitación 1, en el escenario menos conservador, generó sus efectos hasta el 10 de diciembre de 2014. Ello implica que el plazo de prescripción comenzó a correr desde esa fecha, en circunstancias que el requerimiento de autos fue presentado el 19 de agosto de 2020, excediendo por tanto el plazo legal, estando por consiguiente prescrita la acción ejercida por la FNE”, consignó la sentencia del TDLC a la que tuvo acceso Pulso.
Con ello, por primera vez desde 2011, que el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia no resolvía desestimar un requerimiento de colusión presentado por la Fiscalía Nacional Económica. En dicha oportunidad se trató de una acusación de colusión dirigida en el denominado caso Explora, pero posteriormente la Corte Suprema revirtió la decisión del TDLC.
En el fallo quedó consignado que el ministro Ricardo Paredes concurrió al rechazo del requerimiento de la FNE y a los argumentos deducidos en la sentencia respecto del análisis de la licitación 2. Sin embargo, respecto de la licitación 1, consideró que la requirente no logró acreditar de forma clara y convincente que las requeridas hayan afectado el proceso licitatorio.
“En el fondo estamos muy satisfechos con el fallo, porque en el fondo constata que no existió el acto colusorio que se nos acusó. La estrategia de la defensa apuntó a aislar este segundo caso para que fuera analizado en su propio mérito y no como parte de otras acusaciones anteriores. Eso llevó a darnos la razón, en el sentido de que este caso no tenía ningún mérito para ser perseguido”, explicó Tomás Pérez, socio de Bofill Mir Abogados, que representa a Faasa.
Se trata de la segunda sentencia que se conoce del caso, luego de que se dividiera en dos acusaciones distintas, ya que eran procesos licitatorios diferentes de Conaf. En el primer caso se involucraban ciertos procesos hasta el año 2011 con otras empresas, mientras que en el caso que ahora se conoce su sentencia se involucra a compañías distintas en procesos de 2014.
En su sentencia, el TDLC concluyó que el acuerdo colusorio que afectó a la licitación 1 en 2014, se implementó en los términos pactados por las requeridas, pero no logró los resultados esperado por los factores exógenos a la voluntad de ellas, porque Conar declaró desiertas las licitaciones de las regiones que formaban parte del acuerdo ilícito o porque se adjudicó a otro proponente.
Asimismo, el fallo consignó que las requeridas presentaron sus ofertas en la licitación 1 en los términos pactados en el acuerdo ilícito, repartiéndose las bases de operación en que postularían. Ello en línea con el acuerdo celebrado por Calquín y Faasa, a través de los dos ejecutivos mencionados.
Con todo, el acuerdo no logró los resultados esperados por las requeridas, ya que ninguna de ellas resultó adjudicataria de las bases de operación que formaron parte de la estrategia común coordinada. Entre las regiones que formaron parte de este acuerdo estaban Metropolitana y Maule las cuales se declararon desiertas y Biobío fue adjudicada a la empresa Alazán. En efecto, Faasa no se adjudicó ninguna base de operación y Calquín sólo se adjudicó las bases de operación de la región de Valparaíso
Desde la FNE señalaron que están analizando el fallo del TDLC para determinar los cursos de acción.
PURANOTICIA