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Corte ordena nuevo juicio contra acusado de organizar red de explotación sexual infantil en residencia «Anita Cruchaga» de Viña del Mar

Corte ordena nuevo juicio contra acusado de organizar red de explotación sexual infantil en residencia «Anita Cruchaga» de Viña del Mar

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El tribunal de alzada de Valparaíso acogió parcialmente un recurso de nulidad interpuesto por la defensa de Daniel Cerda Bustos, pues en fallo unánime, la Tercera Sala estableció "falta de análisis" de la prueba rendida en torno a uno de los hechos dados por acreditados.

Corte ordena nuevo juicio contra acusado de organizar red de explotación sexual infantil en residencia «Anita Cruchaga» de Viña del Mar
Jueves 5 de enero de 2023 17:36
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Como autor de delitos consumados y reiterados de abuso sexual, estupro, explotación sexual y violación de menores de 14 años, el Tribunal Oral en lo Penal (TOP) de Valparaíso sentenció en octubre de 2022 a Daniel Cerda Bustos a la pena de 17 años de prisión, por crear una red de explotación sexual de menores de la residencia «Anita Cruchaga», ubicada en el sector de Recreo de Viña del Mar.

Estos ilícitos fueron perpetrados entre los años 2013 y 2020 en diversos sectores de la Ciudad Jardín, con ayuda de otro sujeto con quien trabajaba en la locomoción colectiva de la región de Valparaíso, identificado como Gian Carlo Bavestrello Aranda, quien fue sentenciado a la pena de 4 años de libertad vigilada.

En dicha sentencia, además, Daniel Cerda Bustos fue absuelto de dos delitos de abuso sexual con y sin contacto, contra una adolescente de 14 años; esto, debido a que el TOP de Valparaíso no pudo demostrar su materialización. No obstante, al cumplir los 17 años tras las rejas, el condenado deberá pasar otros 10 años con prohibición de ejercer laboralmente en ámbitos educacionales o relacionados a niños.

Pero a menos de tres meses de esta sentencia, la Corte de Apelaciones de Valparaíso acogió parcialmente un recurso de nulidad interpuesto por la defensa de este hombre, pues en fallo unánime, la Tercera Sala estableció "falta de análisis" de la prueba rendida en torno a uno de los hechos que se dieron por acreditados.

De esta manera, el tribunal de alzada porteño le ordenó al TOP de Valparaíso la realización de un nuevo juicio contra Daniel Ignacio Cerda Bustos.

"El fallo no analiza ninguna de las pruebas rendidas en torno al hecho Nº 1 descrito en el fundamento octavo del fallo, sea para darlo por acreditado o descartarlo, de manera que la decisión queda desprovista de todo fundamento, careciendo la sentencia por tanto del principio de la lógica de la razón suficiente, que se enuncia como ‘todo objeto debe tener una razón suficiente que lo explique’, o en forma negativa ‘ninguna enunciación puede ser verdadera sin que haya una razón suficiente para que sea así y no de otro modo’ o ‘toda afirmación exige una justificación’ explique de qué manera arriba a la decisión condenatoria respecto de este ilícito", consigna.

La resolución agrega que "la sentencia incurre en la causal de nulidad prevista en el artículo 374 letra e) del Código Procesal Penal, que dispone ‘el juicio oral y la sentencia serán siempre anulados, e): cuando en la sentencia se hubiere omitido alguno de los requisitos previstos en el artículo 342 letras c), d) o e)’, habiéndose omitido en el caso de marras aquellos previstos en los literales c) y d) de esta última norma, esto es: ‘c) La exposición clara, lógica y completa de cada uno de los hechos y circunstancias que se dieren por probados, fueren ellos favorables o desfavorables al acusado, y de la valoración de los medios de prueba que fundamentaren dichas conclusiones de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 297; d) Las razones legales o doctrinales que sirvieren para calificar jurídicamente cada uno de los hechos y sus circunstancias y para fundar el fallo’".

Por esto, se resolvió que "se anula de oficio y parcialmente el referido fallo, como asimismo el juicio en que se dictó, debiendo remitirse los autos al tribunal no inhabilitado que corresponda a fin de que realice un nuevo juicio oral solo respecto del acusado Daniel Ignacio Cerda Bustos, quedando a firme la sentencia respecto del condenado Gian Carlo Bavestrello Aranda".

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