Eliezer Chipunavi Orbe, ciudadano de nacionalidad boliviana, cometió el delito el 6 de junio del año 2020.
Este martes se conoció la condena para Eliezer Chipunavi Orbe, ciudadano de nacionalidad boliviana, acusado por el Ministerio Público como autor del homicidio calificado consumado ocurrido la madrugada del día 6 de junio del año 2020 en un sector del cerro Placeres, comuna de Valparaíso.
El Tribunal Oral en Lo Penal de Valparaíso, presidida por las magistradas Sandra Cortés Herrera, Verónica Rivera González y Maureen Darrouy condenaron a Chipunavi Orbe a la pena de quince años de presidio mayor en su grado medio, además de accesorias legales. Condena que deberá cumplir de manera efectiva, ya que no es sujeto de penas sustitutivas.
“Alrededor de las 03:50 horas de la madrugada, en el interior del departamento ubicado en la Población Juan Pablo Segundo, Valparaíso, el imputado Eliezer Chipunavi Orbe procedió a atacar en forma reiterada, con un cuchillo tipo cocinero, a don Mario Martínez Marihuen. De esa forma, en definitiva, le causó cruelmente más de 30 heridas cortantes o punzo cortantes a Martínez Marihuen en distintas zonas del cuerpo, lesiones todas vitales, una de las cuales le causó la muerte en el mismo lugar,” relató el fiscal Pablo Avendaño.
El Ministerio Publico presentó pruebas testimonial, documental, pericial, que incluyó a funcionarios de la Policía de Investigaciones, además de otros medios como fotografías, las que fueron exhibidas en las distintas audiencias. La Sala del Tribunal logró convicción más allá de toda duda razonable de los hechos de la acusación, logrando la Fiscalía, la condena del acusado por el homicidio calificado.
“El Tribunal acogió íntegramente nuestros planteamientos, condenando por el homicidio calificado a la pena más alta dentro del marco penal aplicable, dadas dos atenuantes que favorecían al imputado, y señalando que la defensa no había podido acreditar las circunstancias de su teoría, en especial, que la víctima hubiere dado muerte al otro fallecido, y que posteriormente hubiera agredido ilegítimamente al imputado”, explicó el Fiscal Avendaño, quien recalcó el trabajo realizado durante la investigación.
“Las pericias y posteriores diligencias de investigación -incluida una diligencia de reconstitución en el sitio del suceso que resultó esclarecedora- permitieron determinar una serie de contradicciones en la versión del imputado, por lo que se archivó la investigación de la muerte de la primera víctima, Claudio Retamal, al no poder establecerse con certeza las circunstancias de la muerte y la persona del autor de la misma. Se acusó al imputado por el homicidio calificado de Mario Martinez, sosteniéndose en juicio nuestra hipótesis, que no podrían acreditarse las circunstancias fácticas que la defensa pretendía demostrar para justificar o atenuar la responsabilidad por la acción del imputado”, recalcó persecutor.
(Imagen: Fiscaliadechile.cl)
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