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Revelan causa judicial de expresidente de RN en Valparaíso: le suspendieron su licencia de conducir por accidente en estado de ebriedad

Revelan causa judicial de expresidente de RN en Valparaíso: le suspendieron su licencia de conducir por accidente en estado de ebriedad

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Sebastián Olivos Rubilar, quien encabezó Renovación Nacional en la Quinta Región, quedó sujeto durante dos años a una suspensión condicional del procedimiento por una causa originada en un accidente ocurrido en Calle Larga a fines de enero del año pasado.

Revelan causa judicial de expresidente de RN en Valparaíso: le suspendieron su licencia de conducir por accidente en estado de ebriedad
Lunes 28 de septiembre de 2026 11:21
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Sebastián Javier Olivos Rubilar, figura vinculada a Renovación Nacional (RN) en la región de Valparaíso y quien ejerció como presidente regional de la colectividad durante el año 2023, quedó sujeto a una suspensión condicional del procedimiento por dos años en el marco de una causa por conducción en estado de ebriedad.

La resolución fue adoptada por el Juzgado de Garantía de Los Andes, en un caso que se remonta al 28 de enero de 2025, cuando, de acuerdo con los antecedentes expuestos por la Fiscalía en su requerimiento, Olivos habría conducido un auto MG New 3 por la comuna de Calle Larga y protagonizado una colisión con un Chevrolet Optra.

Según el documento del Ministerio Público, tras el procedimiento policial se practicaron exámenes de alcohol, registrándose en Olivos un resultado de 1,70 gramos de alcohol por litro de sangre.

La Fiscalía había presentado un requerimiento para que el exdirigente político fuera llevado a un procedimiento simplificado por el delito de conducción en estado de ebriedad causando daños, solicitando una pena de 300 días de presidio menor en su grado mínimo, una multa de 10 UTM y la suspensión de su licencia de conducir por dos años, entre otras consecuencias.

Sin embargo, en la audiencia realizada posteriormente, el tribunal decretó la suspensión condicional del procedimiento, por un período de dos años. La resolución consignó como delito la conducción en estado de ebriedad con o sin daños o lesiones leves, contemplada en el artículo 196 inciso primero de la Ley de Tránsito.

Como condición, Olivos deberá mantener su licencia de conducir suspendida durante los mismos dos años. De hecho, el registro de audiencia establece que el imputado hizo entrega de su licencia durante la propia audiencia y que la Municipalidad de Limache fue notificada de la medida.

Cabe hacer presente que la suspensión condicional del procedimiento no corresponde a una sentencia condenatoria. Se trata de una salida procesal que, en este caso, quedó fijada por un período de dos años y bajo las condiciones establecidas por el tribunal.

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