El fallo, obliga a la Fiscalía a ajustarse a parámetros precisos de fechas, personas y materias al examinar los dispositivos incautados a la parlamentaria, investigada por presunto fraude al fisco.
La Corte Suprema confirmó este jueves la sentencia de la Corte de Apelaciones de Valparaíso que acogió el recurso de amparo presentado por la defensa de la senadora Camila Flores (RN).
El fallo, obliga a la Fiscalía a ajustarse a parámetros precisos de fechas, personas y materias al examinar los dispositivos incautados a la parlamentaria, investigada por presunto fraude al fisco.
En su resolución, el máximo tribunal concluyó que la decisión del Juzgado de Garantía del 12 de agosto, que había rechazado la solicitud de cautela de garantías de la defensa, amenazaba indebidamente la libertad personal de la senadora al exponerla a diligencias investigativas sin medidas de contrapeso que resguardaran sus garantías fundamentales.
Según el fallo, se trataba de una resolución que "carece de toda fundamentación" y que afectaba de manera ostensible su derecho a la intimidad, protegido en el artículo 19 N°4 y 5 de la Constitución.
La Sala agregó que no basta con que un juez autorice al Ministerio Público a acceder a la información, pues una intervención judicial tan acotada equivaldría a una delegación de las facultades jurisdiccionales. Con ello, la Corte dispuso que la custodia de los dispositivos quede exclusivamente en manos de la Fiscalía Regional o del fiscal adjunto a cargo, y que el Ministerio Público informe al Juez de Garantía los nombres de los funcionarios que tendrán acceso a ellos.
Además, prohibió utilizar información anterior a la primera elección de Flores como parlamentaria, ordenó dejar fuera del análisis todo contenido sin pertinencia con los hechos investigados —salvo hallazgos que puedan constituir otros ilícitos— y exigió eliminar la información extraída fuera de esos límites, informando al tribunal los protocolos utilizados y los responsables de ejecutarlos.
La decisión fue adoptada por la Segunda Sala, integrada por los ministros Manuel Antonio Valderrama, María Cristina Gajardo, Jorge Zepeda, Dinko Franulic y la abogada integrante Pía Tavolari, con el voto en contra de los ministros Zepeda y Franulic. Con este fallo, la defensa suma un nuevo resultado favorable, tras el fallo de la Corte de Apelaciones de Valparaíso y la remoción de la fiscal Paola Castiglione, a cargo original de la investigación.
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