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Contraloría establece que exAlcalde de Petorca vulneró su deber de abstención por intervenir en designación de un cercano a su familia

Contraloría establece que exAlcalde de Petorca vulneró su deber de abstención por intervenir en designación de un cercano a su familia

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El organismo concluyó que Ignacio Villalobos intervino en la designación del tío de sus hijos como Director de Control suplente del Municipio, vulnerando el principio de probidad. También se propuso una multa para la actual directora de Administración y Finanzas.

Contraloría establece que exAlcalde de Petorca vulneró su deber de abstención por intervenir en designación de un cercano a su familia
Lunes 23 de febrero de 2026 11:40
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La Contraloría General de la República determinó la responsabilidad administrativa del exalcalde de la Municipalidad de Petorca, Ignacio Villalobos Henríquez, por intervenir en la designación de Leandro Villagrán Pérez como Director de Control suplente del municipio, pese a existir un conflicto de interés.

De acuerdo con la resolución que aprueba el sumario administrativo, el entonces jefe comunal propuso al Concejo Municipal el nombramiento y suscribió el decreto alcaldicio N° 1.800, del 17 de agosto de 2021, que ratificó la designación. Sin embargo, el designado es tío de sus hijos, circunstancia que —según el órgano contralor— configuraba una situación que comprometía su imparcialidad.

El fallo señala que el exalcalde debió abstenerse de participar en el proceso. “La conducta descrita transgrede gravemente el principio de probidad”, indica la resolución, agregando que la intervención se produjo “sin cumplir su deber de abstención, toda vez que dicha designación lo involucraba en un conflicto de interés”.

En sus descargos, Villalobos argumentó que no existía un vínculo legal de parentesco que configurara una inhabilidad y sostuvo que la decisión se basó en “criterios objetivos y administrativos, en atención a la experiencia profesional del funcionario propuesto y la necesidad de suplencia en el cargo, en forma transitoria”. También afirmó que el nombramiento fue adoptado por el Concejo Municipal.

No obstante, la Contraloría concluyó que, aun cuando no mediara parentesco por consanguinidad o afinidad en los términos estrictos de la ley, sí existía “una circunstancia objetiva que previsiblemente le resta imparcialidad”, lo que hacía exigible el deber de abstención.

La resolución, firmada por el contralor general (s) Víctor Hugo Merino Rojas, ordena remitir los antecedentes al Concejo Municipal para los efectos correspondientes.

MULTA PARA DIRECTORA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS

El sumario también estableció responsabilidad administrativa de la directora de Administración y Finanzas del Municipio, Leticia Barraza Sazo, por haber visado el decreto sin representar el conflicto de interés que afectaba al entonces alcalde.

Aunque la funcionaria negó haber aprobado formalmente el acto y sostuvo que la decisión fue “personalísima del entonces alcalde, aprobada por el Concejo Municipal por unanimidad”, el organismo fiscalizador estimó que, dada su función y conocimiento de los hechos, debió advertir la situación.

Por ello, la Contraloría propuso aplicarle una multa equivalente al 10% de su remuneración mensual y dejar constancia en su hoja de vida funcionaria.

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