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Enrique Kittsteiner recupera su libertad: Corte Suprema rechaza recurso de queja de la Fiscalía y el CDE por prescripción de penas

Enrique Kittsteiner recupera su libertad: Corte Suprema rechaza recurso de queja de la Fiscalía y el CDE por prescripción de penas

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El Ministerio Público y el Consejo de Defensa del Estado acudieron al máximo tribunal acusando "faltas o abusos" en la decisión adoptada por tres jueces de la Corte de Apelaciones de Valparaíso.

Enrique Kittsteiner recupera su libertad: Corte Suprema rechaza recurso de queja de la Fiscalía y el CDE por prescripción de penas
Viernes 31 de enero de 2020 13:54
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Por cinco votos contra cero, la Corte Suprema rechazó los recursos de queja presentados por la Fiscalía Regional de Valparaíso y el Consejo de Defensa del Estado (CDE) contra tres integrantes de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, quienes decidieron dar por prescritas las sanciones de cárcel impuestas a Enrique Kittsteiner, ex jefe de gabinete del intendente de Valparaíso, Raúl Celis (2010-2014), condenado por el caso "Fraude a la Intendencia 2".

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De esta manera, se descartaron las acciones presentadas por Claudia Perivancich, fiscal regional de Valparaíso, y por Ruth Israel López, en representación del CDE, quienes acusaron de "faltas o abusos" a los ministros Raúl Mera y Pablo Dropppelmann, además de la abogada integrante Susana Bontá, al revocar la sentencia de primer grado que había rechazado la solicitud de prescripción de la defensa del sentenciado y, en consecuencia, declararon prescritas las sanciones.

El Consejo de Defensa del Estado planteó en su queja que los jueces recurridos "han interpretado erróneamente el artículo 102 del Código Penal". Esto, porque "entendieron que la norma citada no exige la presencia personal del imputado" y porque "omiten en su razonamiento que Kittsteiner había sido declarado rebelde, lo cual, impide que se le estime como presente (...), ya que entiende este recurrente que el sentido y alcance de esta norma es que no puede estimarse presente al imputado que ha sido declarado rebelde".

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Por su parte, el Ministerio Público acusó "faltas o abusos graves" de los jueces, "al desconocer las normas que regulan la prescripción de la pena". También expuso que el condenado "nunca ingresó a cumplir las condenas dictadas en su contra y se mantuvo prófugo de la justicia, siendo en su oportunidad declarada su rebeldía y sobreseimiento temporal", recordando además que la norma del artículo 102 "exige la presencia del imputado, lo que no aconteció en este caso". De esta manera, "al no haberse interpretado correctamente el artículo 102 del Código Penal, entiende configurada la falta o abuso grave de los Ministros recurridos".

En base a estos argumentos, la Corte Suprema expresó que "se trata de un asunto en que las normas legales aplicadas pueden admitir interpretaciones, antinomia que según ha sostenido reiteradamente este Tribunal, hace que una determinada posición frente al sentido de una norma jurídica no pueda constituir falta o abuso grave que deba ser enmendada por la vía disciplinaria, pues se trata del ejercicio del derecho privativo que la ley confiere a los jueces en la interpretación de los preceptos legales aplicables a las situaciones de que deben conocer".

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Por estas consideraciones y visto, además, el máximo tribunal del país decidió "rechazar los recursos de queja deducidos por doña Claudia Perivancich, fiscal regional de Valparaíso, y por doña Ruth Israel López, en representación del Consejo de Defensa del Estado".

En conversación con Puranoticia.cl, Luis Contreras, abogado del ex jefe de gabinete del intendente Celis, señaló que "con esto se acaba este triste capítulo. Enrique Kittsteiner está libre desde que lo declaró la Corte, porque este recurso no cambió la ejecutoriedad de la sentencia y esto significa que era el último recurso que tenía la Fiscalía y el CDE, que eran recursos de corte disciplinario, y la segunda sala de la Corte Suprema lo rechazó, lo que significa que se acabó la persecución contra Enrique Kittsteiner".

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Junto a asegurar que ahora se dedicará a ejercer su profesión de abogado, el jurista sostuvo que "los tribunales resolvieron como correspondía. Habían pasado cinco años desde la condena, se declaró prescrita, lo que se confirma con este fallo de la Suprema. El fallo de primera instancia, que había sido adverso, estaba equivocado, totalmente equivocado, y la Corte de Apelaciones de Valparaíso lo revocó por lo mismo y ahora la Suprema rechazó el recurso de queja, estimando que no existe ninguna falta o abuso de los tres ministros de la tercera sala de la Corte de Apelaciones de Valparaíso. Se resolvió conforme a derecho".

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