En fallo dividido, la 1ª Sala del tribunal de alzada penquista acogió la solicitud de los recurrentes y dictó orden de no innovar.
La Corte de Apelaciones de Concepción acogió a trámite un recurso de protección presentado en contra de Carabineros y el Ministerio del Interior, por el uso de balines y gases lacrimógenos en contra de quienes participan en protestas y manifestaciones pacíficas.
En fallo dividido, la 1ª Sala del tribunal de alzada penquista acogió la solicitud de los recurrentes y dictó orden de no innovar.
En ese sentido, ofició a las autoridades de Carabineros para que, dentro del territorio jurisdiccional de la Corte de Apelaciones de Concepción, "se observe estrictamente el protocolo dispuesto por el Ministerio del Interior y Seguridad Pública para la situación actual, esto es, abstenerse de utilizar armas como balines, respecto de las personas que protestan pacíficamente en marchas o manifestaciones públicas, limitando el uso de gases lacrimógenos o cualquier otro método o procedimiento que afecte la integridad de las personas, a las situaciones extremas que lo ameriten".
Asimismo, la Corte dio un plazo de ocho días a la Superintendencia del Medio Ambiente, para que informe sobre los efectos que provoca el uso de agentes químicos en la población, en el medio ambiente y cómo incide en el aumento en la huella de carbono, debiendo remitir "todos los antecedentes que existan en su poder sobre el asunto motivo del recurso".
La decisión fue adoptada con el voto en contra del abogado integrante Latsague Lightwood.
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