Segunda Sala del tribunal de alzada confirmó la resolución dictada por el Juzgado de Garantía de Osorno, que rechazó la suspensión del procedimiento por la eventual enajenación mental del amparado, quien se encuentra en prisión preventiva.
La Corte de Apelaciones de Valdivia rechazó el recurso de amparo presentado por la defensa de R.A.G.R., imputado por arrojar un artefacto incendiario a dependencias de la Iglesia Evangélica Luterana de Osorno en febrero pasado, durante una actividad en la que participaba el alcalde de Recoleta, Daniel Jadue.
En fallo unánime, la II Sala del tribunal de alzada confirmó la resolución dictada por el Juzgado de Garantía de Osorno, que rechazó la pretensión de la defensa que se declarara la suspensión del procedimiento por la eventual enajenación mental del amparado, quien se encuentra en prisión preventiva.
Según la fiscalía, en horas de la tarde del jueves 27 de febrero de 2020, R.A.G.R. junto al coimputado en la causa R.J.I.V.C. concurrió a una actividad organizada por el Consejo Social de Osorno sobre el proceso constituyente, cuyo principal orador era el alcalde de Recoleta, Daniel Jadue.
Al arribar al lugar, una iglesia luterana ubicada en el sector de Francke de la ciudad, uno de los imputados se acercó al inmueble y, a través de una ventana que se encontraba abierta, arrojó una bomba molotov al interior, para luego huir del lugar en un vehículo en que lo esperaba el coimputado.
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