Según la resolución, es un acto ilegal y arbitrario de la AFP el rechazo de la solicitud de restitución de los fondos previsionales del recurrente.
La Corte de Apelaciones de Talca acogió un recurso de protección presentado por un funcionario público diagnosticado con enfermedad terminal, y ordenó a la AFP Modelo restituir al recurrente el total de los fondos acumulados en su cuenta de capitalización individual.
En fallo dividido, la Segunda Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Moisés Muñoz Concha, Carlos Carrillo González y Jeannette Valdés Suazo– acogió la acción cautelar tras establecer el actuar arbitrario de la AFP al denegar el giro íntegro de los fondos acumulados por Mauricio Edison Brunetti Labrín, de 61 años, diagnosticado con cáncer cerebral..
Según la resolución, es un acto ilegal y arbitrario de la AFP el rechazo de la solicitud de restitución de los fondos previsionales del recurrente, quien alega la existencia de urgentes y onerosos tratamientos médicos que debe soportar debido a estar padeciendo una enfermedad irreversible y que tendría escasas posibilidades de sobrevivir a esa afección de su salud, haciendo inviable su derecho a obtener algún tipo de beneficio de seguridad social.
Para el tribunal de alzada talquino, si bien la AFP se ha asilado en una norma de rango legal para negarse a la petición de restitución de los fondos (DL 3.500), "es el Poder Judicial quien debe interpretar y fijar los límites de los derechos que las partes invocan para su amparo, aplicando la Constitución, las leyes y la totalidad de las normas que integran el ordenamiento jurídico".
Por tanto, se resuelve que se acoge el recurso de protección interpuesto por Mauricio Edison Brunetti Labrín en contra de AFP Modelo, "disponiéndose que está ultima restituya al recurrente la totalidad de sus fondos previsionales, en el plazo máximo de treinta días". La decisión ue acordada con el voto en contra de la ministra Jeannette Valdés Suazo.
PURANOTICIA