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Corte de La Serena ratifica prisión preventiva para capitán del Ejército acusado de dar muerte a Romario Veloz

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José Santiago Faúndez Sepúlveda, capitán de Ejército está imputado por el Ministerio Público como autor del delito consumado del homicidio simple del ciudadano ecuatoriano en el marco del estallido social.

Corte de La Serena ratifica prisión preventiva para capitán del Ejército acusado de dar muerte a Romario Veloz
Martes 22 de diciembre de 2020 23:30
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La Corte de Apelaciones de La Serena confirmó la prisión preventiva de José Santiago Faúndez Sepúlveda, capitán de Ejército imputado por el Ministerio Público como autor del delito consumado del homicidio simple del ciudadano ecuatoriano Romario Veloz Cortés en el marco del estallido social.

Además, el capitán Faúndez está formalizado por homicidio frustrado y violencia innecesaria, con resultado de lesiones graves, todos ilícitos perpetrados el 20 de octubre de 2019, en el sector Mall Plaza de la ciudad, mientras regía el estado de excepción.

En fallo unánime, la Segunda Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Christian Le-Cerf, Caroline Turner e Iván Corona– confirmó la resolución impugnada, dictada por el Juzgado de Garantía de La Serena el 14 de diciembre pasado, que decretó el ingreso en prisión preventiva del imputado al Regimiento N°21 Coquimbo.

La resolución del tribunal de alzada desestimó el recurso de apelación interpuesto por la defensa, al estimar que "los antecedentes referidos se estiman suficientes para entender que el personal militar hizo uso de su armamento previa orden del funcionario al mando, y fuera de las hipótesis que reglamentan el uso de la fuerza, y, en consecuencia, permiten tener por justificada, en este estadio procesal, el delito de violencia innecesaria, con resultado de lesiones graves, respecto de la víctima Rolando Alberto Robledo Vergara".

"A su vez –continúa el fallo- esos mismos antecedentes, respecto de las víctimas Romario Wladimir Veloz Cortés y César Antonio Veliz Cortés hacen posible tener por justificado, en este estadio procesal, la comisión de los delitos de homicidio consumado y frustrado, respectivamente, ya que la consecuencia de los hechos, en atención a lo sucedido minutos antes, resultaba previsible y fue aceptada por el imputado Faúndez Sepúlveda".

El tribunal estableció además que "a juicio de estos sentenciadores la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, tomando en consideración para ello los patrones que el mismo legislador entrega, en específico, el número de delitos, la gravedad de la pena asignada y el carácter de los mismos".

PURANOTICIA

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