Bienes Nacionales hizo un llamado a denunciar hechos de este tipo, subiendo sus fotografías y detallando la ubicación del inmueble.
Con un operativo de limpieza, desde el casco histórico de Valparaíso, se realizó el lanzamiento regional de la campaña nacional "Cero Rayados", #CuidemosLoNuestro, iniciativa que busca combatir los rayados y grafitis en inmuebles patrimoniales, privados o públicos.
Las autoridades presentes en la iniciativa hicieron un llamado a las personas a denunciar hechos de este tipo, subiendo sus fotografías y detallando la ubicación del inmueble a través de una aplicación disponible en bienesnacionales.cl, y así poder levantar un catastro participativo, que será traducido en un informe que se enviará a municipalios, Carabineros y Gobierno Regional, para que se destinen recursos para borrar los graffitis.
La seremi de Bienes Nacionales, Rosario Pérez, señaló que "no puede ser que nos acostumbremos a vivir en una ciudad sucia y llena de rayados. Ensuciar no puede ser gratis, donde hay que distinguir entre el arte, la cultura y los rayados. Romper luminarias, usar las calles como baños, ensuciar y rayar es parte de las incivilidades que queremos combatir como Gobierno, y que contribuyen a una ciudad más insegura".
Por su parte, la gobernadora provincial de Valparaíso, María de los Ángeles de la Paz, hizo "un llamado a los parlamentarios a aprobar la iniciativa legal que tiene por objeto efectivamente sancionar los rayados y el daño que se le produce a los inmuebles patrimoniales, que ya está en su primer trámite en el Senado".
El seremi de Obras Públicas, Raúl Fuhrer, pidió a la ciudadanía a que "actúe de forma colaborativa, que participe a través de esta tecnología que está en la plataforma de Bienes Nacionales, para poder ayudar al levantamiento de este catastro y también a denunciar".
Si el daño es en un inmueble fiscal, se configura el delito de daños:
Daños simples: art. 484. Incurren en delito de daños los que en la propiedad ajena causaren un daño no comprendido en el párrafo 9 (incendio y otros estragos) Daño: deterioro, menoscabo o alteración de una cosa que tenga por consecuencia su inutilización total o parcial o una disminución de su valor. Pena: reclusión menor grado mínimo (60 a 541 días) o multa de 11 a 20 UTM.
Daños calificados: art. 485. daños cuyo importe supere las 40 UTM y reúna alguna de las calificantes del artículo, como cometer el delito con la mira de impedir el libre ejercicio de la autoridad o en venganza de sus determinaciones. Pena: reclusión menor grado medio a máximo y multa de 11 a 15 UTM.
Daño falta: Art. 495 N°21: El que intencionalmente o con negligencia culpable cause daño que no exceda de 1 UTM en bienes públicos o de propiedad particular. Pena: multa 1 utm.
Si el daño es en un Monumento Nacional, en un Monumento Histórico o en una Zona Típica o Pintoresca, se aplica la ley N°17.288, con pena de presidio menor en sus grados medio a máximo (541 días a 5 años de cárcel) y multa de 50 a 200 UTM. Finalmente, a nivel de Ordenanza Municipal el tema está regulado caso a caso apropósito de aseo y ornato en la comuna.
PURANOTICIA