Querella por fraude al Fisco apunta a la responsabilidad de Pablo Staig Araujo, ex Director (s) de Administración y Finanzas y Administrador Municipal; y también a Manuel Echeverría León, director del Departamento de Finanzas; y Javier Garrido Vasquez, funcionario de la Sección Remuneraciones.
Por "actuar conjuntamente, con el fin de autorizar el pago de horas extras proporcionales, a favor de casi la totalidad de los funcionarios de planta y contrata" de la Municipalidad de Viña del Mar, entre los meses de julio de 2014 y marzo de 2015, el Consejo de Defensa del Estado (CDE) presentó una querella criminal en contra de tres funcionarios clave de dicha casa edilicia, la cual se encuentra bajo investigación por el presunto delito de fraude al Fisco y cuya alcaldesa, Virginia Reginato, siendo sometida a un proceso que busca su destitución por notable abandono de deberes.
La acción apunta al actual director de Asesoría Jurídica de la Municipalidad de Viña del Mar, Pablo Staig Araujo, brazo derecho de Reginato, quien entre los años investigados se desempeñó como Director (s) de Administración y Finanzas y Administrador Municipal. A él se suma Manuel Echeverría León, director del Departamento de Finanzas; y Javier Garrido Vasquez, funcionario de la Sección Remuneraciones del organismo comunal. Cabe recordar que los tres se encuentran en calidad de imputados por el delito de fraude al Fisco.
En la querella presentada ante el Juzgado de Garantía de Viña del Mar, el Consejo de Defensa del Estado advierte que a los "beneficiados" con el pago de horas extras no les correspondía recibir dineros por tales conceptos, en consideración a "la naturaleza de sus funciones, al encontrarse ausentes por permisos administrativos, licencias médicas o feriados legales". Es justamente bajo este contexto que Staig, Echeverría y Garrido habrían aparentado la procedencia de estos pagos, a través de diversas acciones que permitieron que se causara al patrimonio municipal un perjuicio aproximado de $56.229.374.
En el marco de esta investigación, se logró establecer que en cuanto a la programación de las horas extras para los funcionarios municipales viñamarinos, recién desde el 2014 se dictaron decretos alcaldicios que autorizaban su realización, no obstante, estos no especificaban las labores extraordinarias que debía cumplir cada funcionario ni la necesidad de su ejecución.
A esto se suma la inexistencia de un documento que estableciera qué funcionarios cumplían un sistema de turnos o quiénes estaban insertos en un programa de trabajo, aún cuando no se hallaren adscritos formalmente a un sistema de turnos regulares y permanentes, según lo establecen dictámenes de la Contraloría Regional de Valparaíso, de tal manera que los trabajos extraordinarios, al margen de la incorporación a dicho sistema o de un programa de trabajo, no habilitaba para el pago de promedio de horas extras durante los feriados, licencias médicas y permisos.
Bajo este contexto, el CDE indica en su querella que los imputados, "con evidente infracción a los deberes propios" de sus cargos, los tres imputados "autorizaron el pago de horas extras proporcionales a favor de casi la totalidad de los funcionarios municipales de planta y contrata de la Municipalidad de Viña del Mar" entre julio de 2014 y marzo de 2015.
Un cálculo efectuado por el propio imputado Javier Garrido Vásquez, en base a las indicaciones efectuadas por Pablo Staig Araujo, se dictaron ocho Decretos de Pago (también denominados "Referencias") entre el 14/07/2014 y el 16/03/2015, documento al cual Puranoticia.cl tuvo acceso.
De esta manera, el CDE especifica en su querella criminal que las acciones de los tres imputados "permitieron el pago improcedente de (horas extras a) funcionarios municipales", cuya labor no registra constancia de que se encontraran insertos en un programa de trabajo ni que hayan tenido las condiciones que permitieran el pago de horas extraordinarias durante permisos, feriados y/o licencias, tal como ocurrió entre 2014 y 2015.
Asimismo, la querella indica que la mayor parte de esos funcionarios municipales "realizaban labores normales y habituales en el ámbito municipal", no encontrándose insertos en el referido programa de trabajo continuo que los habilite para percibir el aludido pago.
Es en base a todos los antecedentes expuestos, que el Consejo de Defensa del Estado plantea en su querella criminal que configuran el delito reiterado de Fraude al Fisco, en grado de consumado, previsto y sancionado en el artículo 239 del Código Penal, respecto a los cuales se les atribuye a Staig, Echeverría y Garrido "participación en calidad de autores conforme al artículo 15 N°1 del Código Penal".
Por último, junto a recordar que sus acciones provocaron un perjuicio concreto al patrimonio fiscal que asciende a $56.229.374, el CDE aseguró que dicho monto "no ha sido reintegrado a la fecha".
Cabe señalar que el Poder Judicial comunicó este lunes 20 de julio que la querella criminal fue acogida a tramitación y que ésta fue remitida al Ministerio Público, vía correo electrónico.
"Sirva la presente resolución como suficiente y atento oficio remisor, para dicho efecto, se adjunta la querella en formato PDF en cumplimiento del artículo 112 del Código Procesal Penal", indicaron desde el Poder Judicial.
PURANOTICIA