La Corte Suprema acogió un recurso de amparo y ordenó al Subsecretaría de Relaciones Exteriores entregar en 30 días una respuesta a la solicitud de visa de responsabilidad democrática de tres niñas venezolanas, cuyos padres residen en Chile.
En la sentencia, la Segunda Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros Carlos Künsemüller, Haroldo Brito, Manuel Antonio Valderrama, Jorge Dahm y Leopoldo Llanos– acogió la acción constitucional, tras establecer que la repartición pública ha demorado inexcusablemente, por más de seis meses, en dar respuesta a solicitud ingresada en diciembre de 2019.
Según el fallo, esta tardanza "infracciona los principios de economía procedimental e inexcusabilidad contenidos en la Ley 19.880, que establece las bases de los procedimiento administrativos que rigen los actos de los órganos del Estado, en particular el artículo 27 de tal cuerpo legal, que fija un plazo de 6 meses para pronunciarse sobre las solicitudes que se le formulan, término, que en el caso de autos, sobrepasa dicho tiempo".
Para el máximo tribunal, "la conducta omisiva en que ha incurrido la autoridad contraviene el derecho de las recurrentes para ingresar a nuestro país y el derecho a permanecer y residir en él junto a sus progenitores".
La decisión fue adoptada con los votos en contra de los ministros Künsemüller y Valderrama
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