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Sernac pide a las empresas "no sacar provecho" del sistema frontal y llama "no incurrir en prácticas que sean abusivas"

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El director nacional del Servicio Nacional del Consumidor, Andrés Herrera, indicó que el Estado de Excepción Constitucional de Catástrofe "permite perseguir, por ejemplo, el acaparamiento de bienes de primera necesidad y también la manipulación de precios, sancionándolas con pena bastante altas”.

Sernac pide a las empresas "no sacar provecho" del sistema frontal y llama "no incurrir en prácticas que sean abusivas"
Jueves 13 de junio de 2024 23:54
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El director nacional del Servicio Nacional del Consumidor (Sernac), Andrés Herrera, se refirió a las obligaciones que tienen las empresas ante situaciones como la emergencia que ha causado el sistema frontal que afecta a la zona centro sur del país y ante el Estado de Catástrofe decretado por el Gobierno en la región de Coquimbo, Valparaíso, Metropolitana, O’Higgins, Maule, Ñuble y Biobío.

“La Ley del Consumidor protege a los consumidores frente a prácticas abusivas de los proveedores frente a situaciones como esta y en situaciones de normalidad. En este caso en particular, está tipificado en el código penal la adulteración fraudulenta de precios”, sostuvo.

Agregó que “el Estado de Excepción constitucional de Catástrofe también permite perseguir, por ejemplo, el acaparamiento de bienes de primera necesidad y también la manipulación de precios, sancionándolas con pena bastante altas”.

Bajo ese contexto, Herrera hizo un “llamado a los proveedores a no sacar provecho ni ventajas ilegítimas de este evento, que está afectando a miles de familias chilenas, que muchas de ellas lo han perdido todo. Es por eso que llamamos y apelamos a la responsabilidad de las empresas de no incurrir en prácticas que sean abusivas, ni menos aún, incurrir en delitos respecto de los productos que expendan a los consumidores”.

Además, pidió a los consumidores que denuncien algunos de estos ilícitos, de manera que si detectan “alguna práctica o algún tipo de acaparamiento de bienes de primera necesidad, o manipulación fraudulenta de precios, hagan sus reclamos ante las plataformas del organismo, en donde van a ser recabados los antecedentes respectivos”.

En Sernac recordaron que el incumplimiento de estas obligaciones están tipificadas como delitos en el Código Penal, agregando que cuando se decreta Estado de Catástrofe se permite perseguir y sancionar la adulteración fraudulenta de los precios, el acaparamiento de bienes de primera necesidad y la venta de alimentos riesgosos, con penas que van de los 61 días a 3 años de presidio.

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