
El director del Trabajo, Pablo Zenteno, anunció que la DT va a estar recibiendo denuncias y fiscalizando en el 600 450 4000 y también en la página web www.dt.gob.cl, para que este feriado obligatorio e irrenunciable se cumpla.
La Dirección del Trabajo hizo un llamado a las empresas a respetar el feriado obligatorio e irrenunciable para empleados del comercio durante este jueves 1 de mayo.
El director del Trabajo, Pablo Zenteno, anunció que la DT va a estar recibiendo denuncias y fiscalizando en el 600 450 4000 y también en la página web www.dt.gob.cl, para que este feriado obligatorio e irrenunciable se cumpla.
"Esta es una norma obligatoria e irrenunciable a favor de los trabajadores y las trabajadoras del comercio para que puedan descansar junto a sus familias, más aún en una fecha de tanto simbolismo para el mundo del trabajo", enfatizó.
Esta vez la DT fiscalizará tres materias: el inicio del descanso después de las 21 horas del miércoles 30 de abril, el feriado como tal y el descanso de los trabajadores del comercio que cumplieron turnos para el mismo empleador el 1 de mayo de 2024.
Esto último, en virtud de una norma vigente desde mayo de 2016 que permite este reposo alternado bianual para los dependientes del comercio exceptuados del feriado.
Si durante las fiscalizaciones -que se realizarán en respuesta a denuncia, y también fruto de recorridos en terreno o por conocimiento a través de medios locales o regionales- se detecta trabajadores laborando, se deberá suspender sus turnos y cursar la multa correspondiente a sus empleadores.
Sólo no se podrá suspender si el local infractor es una farmacia de turno o de urgencia y el trabajador afectado cumple la labor de químico farmacéutico, caso en el cual se aplicará la sanción correspondiente.
El director del Trabajo también recordó que el 1 de mayo de 2024 se realizaron 242 fiscalizaciones que terminaron con 80 multas, equivalentes a $89.906.5078 millones. Además, a 133 trabajadores a los que no les correspondía trabajar se les suspendió la jornada y fueron enviados a sus casas.
En caso de no cumplir con este feriado obligatorio e irrenunciable las infracciones serán sancionadas con multas que van desde las 5 UTM ($343.240 al mes de mayo de 2025) hasta 20 UTM ($1.372.960 al mes de mayo de 2025) por cada trabajador afectado por la infracción, considerando el número de trabajadores total de la empresa.
PURANOTICIA