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CMF multa con $1.025 millones a sociedad por cotizaciones ficticias y manipulación de precios en la Bolsa de Comercio de Santiago

CMF multa con $1.025 millones a sociedad por cotizaciones ficticias y manipulación de precios en la Bolsa de Comercio de Santiago

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El regulador sancionó a la sociedad con 25 mil UF tras detectar más de 34 mil operaciones bursátiles que buscaban alterar artificialmente el valor de las acciones.

CMF multa con $1.025 millones a sociedad por cotizaciones ficticias y manipulación de precios en la Bolsa de Comercio de Santiago
Martes 22 de septiembre de 2026 19:37
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La Comisión para el Mercado Financiero (CMF) informó que mediante la Resolución N°9913, su Consejo resolvió aplicar una multa de UF 25.000, equivalente a unos $1.025 millones, a Asesorías e Inversiones A&C SPA (A&C) por infringir los artículos 52 inciso primero y 53 inciso primero, ambos de la Ley N°18.045 de Mercado Valores.

Esto, por realizar cotizaciones ficticias con el objeto de hacer variar artificialmente los precios en 34.038 operaciones con acciones, llevadas a cabo en la Bolsa de Comercio de Santiago entre el 13 de marzo de 2022 y el 12 de septiembre de 2024, con un beneficio de M$860.062.

La CMF indicó que "A&C incurrió en un patrón constante y extendido en el tiempo, conforme al cual ingresaba órdenes de compra o venta de acciones, las que eran canceladas en un breve tiempo (segundos), sin intención de que fueren calzadas. Una vez que la postura señuelo era igualada o mejorada por un tercero, A&C procedía a cancelarla y a ingresar una orden contraria, materializando una operación de compraventa de acciones, que le permitía beneficiarse de la distorsión creada".

En este caso, las órdenes de compra o venta no cumplieron su función económica, ya que no existía intención real de vender o comprar, sino que se buscaba alterar artificialmente el precio de los valores.

El inciso primero del artículo 52 de la LMV prohíbe la manipulación de precios, esto es, cualquier acción realizada con la finalidad de estabilizarlos, fijarlos o hacerlos variar artificialmente, tutelando de esa forma el mecanismo de libre formación de los precios.

A su vez, el inciso primero del artículo 53 de la LMV prohíbe las cotizaciones ficticias, que corresponden a una orden falsa o fingida de compra o venta de valores, protegiendo de esa forma la veracidad y autenticidad de la información incorporada al sistema bursátil y la confianza de los inversionistas en que las posturas exhibidas en el libro de órdenes expresan un interés negocial real.

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