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CMF aplica millonarias multas a LarrainVial Activos y STF Capital por caso Factop-Audio

CMF aplica millonarias multas a LarrainVial Activos y STF Capital por caso Factop-Audio

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La CMF aplicó sanciones además a los ex directores de LVA AGF y a su ex gerente general, así como al ex gerente general de STF Capital Corredores de Bolsa SpA.

CMF aplica millonarias multas a LarrainVial Activos y STF Capital por caso Factop-Audio
Lunes 25 de agosto de 2025 22:44
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La Comisión para el Mercado Financiero (CMF) informó la aplicación de multas por un total de UF 160.000 ($4.650 millones, equivalente a unos US$4,73 millones) en la arista vinculada al Fondo de Inversión Capital Estructurado I de Larraín Vial en el denominado caso Factop-Audio.

El organismo regulador informó que, terminado el procedimiento sancionatorio iniciado en octubre de 2024, su Consejo “acordó aplicar a Larraín Vial Activos S.A. Administradora General de Fondos y a su ex gerente general, Claudio Yáñez Fregonara, multas de UF 60.000 ($2.358 millones) y UF 15.000 ($589 millones), respectivamente, por infringir el artículo 53 inciso 2° de la Ley 18.045, al inducir a los inversionistas a la compra de cuotas de la Serie B del Fondo de Inversión Capital Estructurado I mediante recursos engañosos”.

  • “Lo anterior, al valorizar sus activos como si correspondieran a una participación en un equity (una propiedad indirecta en Grupo Patio), pese a que en realidad se trataba de créditos deteriorados en contra de Inversiones San Antonio, sociedad que se encontraba en una situación financiera mermada, lo que era conocido por los sancionados”.

También fueron multados por infringir sus deberes fiduciarios en la administración del fondo, pues, entre otras infracciones, adquirieron para éste títulos de deuda deteriorados, sin ningún castigo, pese a la situación financiera comprometida en la que se encontraba el deudor.

También fueron sancionados los exdirectores de la AGF, Andrea Larraín Soza, Sebastián Cereceda Silva, José Correa Achurra, Jaime Oliveira Sánchez-Moliní y Andrés Bulnes Muzard, con multas de UF 5.000 cada uno, entre otras razones por su responsabilidad en sobrevalorar los activos del Fondo y que se adquirieran créditos deteriorados sin considerar descuento alguno por el riesgo de que no fueran pagados, todo ello en contra del mejor interés del Fondo.

También, la CMF sancionó a STF Capital Corredores de Bolsa SPA y su ex gerente general, Luis Flores Cuevas, con multas de UF 8.000 cada uno, por infringir el artículo 53 inciso 2° de la Ley 18.045, al inducir a los inversionistas a la compra de cuotas de la Serie B del Fondo mediante recursos engañosos, suministrando información que no se ajustó a la realidad, ya que, entre otros elementos, informaron que se habrían realizado cuantiosos aportes por importantes inversionistas, lo que no era efectivo.

Las sanciones fueron acordadas con el voto a favor de la presidenta de la CMF, Solange Bernstein y los comisionados Bernardita Piedrabuena y Beltrán de Ramón, mientras que los comisionados Catherine Tornel y Augusto Iglesias no estuvieron de acuerdo con sancionar algunos cargos.

Las sanciones de la CMF pueden ser apeladas mediante un recurso de reposición ante el organismo regulador o la presentación de un reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones de Santiago.

En su resolución la CMF decidió cerrar sin sanción el procedimiento seguido contra los hermanos Álvaro y Antonio Jalaff Sanz, exsocios de Grupo Patio, junto al exgerente general del conglomerado inmobiliario, Cristian Menichetti.

Según la Resolución N°8537 de CMF, la Administradora de Larraín Vial estructuró el Fondo como una forma de resolver la mermada situación financiera de Inversiones San Antonio, de propiedad de Antonio Jalaff Sanz.

De esa manera, los acreedores de Inversiones San Antonio podían sustituir los créditos deteriorados que aportaban al Fondo por cuotas de la Serie A del mismo. Posteriormente, pudieron ingresar otros inversionistas con aportes en efectivo adquiriendo cuotas de la Serie B.

Teniendo en consideración que Antonio Jalaff, a través de Inversiones San Antonio, mantenía una propiedad indirecta del 3,87% de Grupo Patio, en la adquisición de los créditos se contempló una promesa, conforme a la cual Inversiones Monterey -sociedad creada para estos efectos y a la cual se le transfirió la deuda de Inversiones San Antonio-, procedería a realizar una “reestructuración corporativa” consistente en la creación de una sociedad denominada NewCo, a la que se le aportaría la propiedad indirecta en Grupo Patio, que mantenía Antonio Jalaff, a través de Inversiones Santa Teresita y FIP 180.

Una vez concretada la reestructuración, el Fondo podría sustituir los créditos por acciones y así participar indirectamente en la propiedad de Grupo Patio. Dicha promesa no contempló garantías, cláusulas penales ni ningún otro pacto que asegurara su cumplimiento.

Larraín Vial Activos y sus administradores valorizaron los activos del Fondo, esto es, los títulos de deuda deteriorados contra Inversiones San Antonio -después, reconocimientos de deudas contra Inversiones Monterey-, como si se tratara de una participación en la propiedad indirecta de Grupo Patio, y no como títulos de deuda, de modo que ellos fueron sobrevalorados.

Este valor fue el que se informó a los inversionistas. La participación indirecta en Grupo Patio no era un hecho cierto, firme, ejecutado ni garantizado.

Cabe mencionar que, respecto de LV AGF, las sanciones aplicadas ponderaron el que mediante Hechos Esenciales de fecha 17 y 27 de diciembre de 2024, se informó que se activó un programa reparatorio con algunos aportantes de la serie B.

La corredora de bolsa STF Capital CB y su ex gerente general, al comercializar cuotas de la Serie B, suministraron información que no se ajustó a la realidad ni a las características del Fondo.

Entre otros, las presentaciones que remitieron a los inversionistas se identificaron como Fondo de Inversionistas-LV Patio y utilizaron el logo de Grupo Patio, pese a que era el Fondo de Inversión Capital Estructurado I y se creó para hacer frente a la mermada situación financiera de Inversiones San Antonio, adquiriendo créditos deteriorados. También informaron que se habían realizado cuantiosos aportes de importantes inversionistas, lo que no era efectivo.

De esa forma, los inversionistas, interesados y el mercado recibieron una señal falsa, ya que el Fondo no invertía en un equity, esto es, una participación indirecta en Grupo Patio, sino en créditos de dudosa recuperabilidad.

Así, como consecuencia de la información falsa entregada en la comercialización de las cuotas de la Serie B, los inversionistas se formaron una representación de la situación del Fondo y sus activos distinta a la real, repercutiendo en las decisiones de inversión, lo que indujo a compras de cuotas de forma engañosa.

Por otra parte, el Fondo nunca consolidó la participación indirecta en Grupo Patio a través de NewCo, pues Inversiones Santa Teresita y FIP 180 vendieron las acciones de Grupo Patio de las cuales eran dueñas, deteriorando la situación del Fondo.

Cabe destacar que las administradoras generales de fondos y sus administradores están obligados, por la natural y evidente fe pública comprometida, a proveer a los aportantes, al público en general y a la CMF de toda la información necesaria para que la suscripción y transacción de las cuotas se realice en términos tales que permita a los inversionistas y a los distintos agentes involucrados tener información efectiva de la situación del fondo y, con ello, poder tomar decisiones fundadas e informadas.

Sin embargo, los sancionados procuraron que se comercializaran cuotas del Fondo con activos sobrevalorados, sin informar realmente los riesgos inherentes de sus inversiones, distorsionando de esa forma las decisiones de inversión de los aportantes, lo que indujo a que adquirieran cuotas de la Serie B de forma engañosa.

Adicionalmente, los aportes de esta serie se destinaron a adquirir créditos deteriorados, a su valor nominal, sin considerar ningún descuento por los riesgos inherentes a tales instrumentos, entre otros, la mermada capacidad de pago del deudor, lo que resultó evidentemente contrario al interés del Fondo y sus partícipes.

El organismo precisó que “atendidas las infracciones investigadas en el procedimiento sancionatorio resuelto por el Consejo, remitirá los antecedentes al Ministerio Público para que este órgano realice las investigaciones que estime, incluyendo la eventual responsabilidad penal de Álvaro Jalaff, Antonio Jalaff y Cristián Menichetti por los hechos investigados".

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