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Tribunal de Santiago condena a ocho integrantes de red vinculada al Tren de Aragua por trata de personas

Tribunal de Santiago condena a ocho integrantes de red vinculada al Tren de Aragua por trata de personas

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El fallo condenó a cinco venezolanos, dos colombianos y una chilena que operaban bajo vigilancia constante a las víctimas, logrando el veredicto a través de pruebas de vulnerabilidad, pese a que las afectadas no declararon por temor.

Tribunal de Santiago condena a ocho integrantes de red vinculada al Tren de Aragua por trata de personas
Viernes 19 de junio de 2026 09:33
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El Cuarto Tribunal Oral Penal de Santiago declaró culpables a ocho personas que integraban una red vinculada al Tren de Aragua por el delito de asociación ilícita para cometer trata de personas con fines de explotación sexual. Entre los condenados hay cinco ciudadanos venezolanos, dos colombianos y una chilena.

Los hechos ocurrieron entre 2021 y 2023, período en el que la organización operó en la Región Metropolitana, lo que motivó la intervención de la sede regional del Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) como querellante en la causa.

La jefa de la sede de la Región Metropolitana del INDH, Beatriz Contreras, valoró el veredicto condenatorio y destacó el enfoque adoptado por el tribunal.

"Valida la perspectiva de género y derechos humanos, reconociendo explícitamente la fenomenología de la trata de personas. Ninguna de las víctimas declaró durante el juicio y el tribunal lo entendió, no estuvieron porque tenían miedo, porque vivían bajo violencia constante, porque eran migrantes sin redes de apoyo en Chile".

Asimismo, agregó que: "Eso no impidió la condena, al contrario, el tribunal analizó la prueba considerando precisamente esa vulnerabilidad. Eso es algo que el INDH ha relevado en cada audiencia vinculada a estos delitos y es muy significativo que quede reconocido en un veredicto".

La abogada también resaltó que el tribunal descartó analizar las conductas de cada acusado de manera aislada, entendiendo la trata de personas como un delito que afecta integralmente la dignidad humana.

"El tribunal rechazó analizar las conductas de cada acusado de forma aislada, reconociendo que la trata de personas es un delito que vulnera la dignidad humana en su conjunto, y que el tipo penal existe justamente para protegerla".

En esa línea, enfatizó el alcance de la decisión judicial.

"Al acoger esta interpretación amplia de la ley, la justicia actúa en línea con lo que el INDH siempre ha sostenido: el deber prioritario de proteger la dignidad humana que estos brutales delitos vulneran. Con esto, la justicia ha dado una señal potente en defensa de la dignidad de mujeres y niñas".

Contreras también subrayó que esta corresponde a la primera condena en la Región Metropolitana por este tipo de delito en la que se reconoce un vínculo directo con el Tren de Aragua.

Las víctimas, todas mujeres, permanecían bajo vigilancia y control permanente por parte de integrantes de la organización criminal.

La lectura de la sentencia quedó fijada para el viernes 17 de julio.

LA LEY FACULTA AL INDH 

La Ley N.º 20.405, que creó el Instituto Nacional de Derechos Humanos, le otorga facultades para promover y proteger los derechos humanos, incluyendo la presentación de acciones judiciales ante los tribunales en casos de delitos como genocidio, crímenes de lesa humanidad, crímenes de guerra, tortura, desaparición forzada de personas, tráfico ilícito de migrantes y trata de personas.

En Chile, el delito de trata de personas fue incorporado al Código Penal en 2011, sancionando la captación, traslado, acogida o recepción de personas con fines de explotación. La incorporación de esta figura permitió adecuar la legislación nacional a los estándares establecidos en el Protocolo de Palermo y otros instrumentos internacionales.

De acuerdo con el derecho internacional de los derechos humanos, la trata de personas constituye una grave vulneración de los derechos fundamentales, ya que implica captar, trasladar, acoger o recibir personas, tanto dentro del territorio nacional como desde y hacia el extranjero, mediante violencia, intimidación, coacción o engaño, con el propósito de someterlas a distintas formas de explotación.

Estas pueden incluir explotación sexual, trabajos o servicios forzados, servidumbre, esclavitud o prácticas similares.

Además, este delito afecta múltiples derechos fundamentales, entre ellos el derecho a la integridad personal, la libertad de circulación y el derecho a no ser sometido a esclavitud, entre otros.

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