La justicia rechazó la reclamación de la empresa y confirmó la sanción de más de $2.399 millones tras acreditar 11 infracciones, ratificando además que la sobrecarga y recepción no autorizada de residuos causaron el deslizamiento e incendio de 2016.
El Segundo Tribunal Ambiental rechazó en todas sus partes la reclamación presentada por la empresa Consorcio Santa Marta en contra de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), por la multa de 2.771 Unidades Tributarias Anuales (UTA), equivalente a más de $2.399 millones, debido a incumplimientos detectados en el relleno sanitario de Talagante.
En su fallo, el tribunal acreditó un total de 11 infracciones ambientales, entre las que destacan la operación del relleno mediante celdas con alturas superiores a los 4 metros autorizados, el exceso en la tasa de ingreso de residuos sólidos durante 2014 y 2015, con excedencias de 38.771 toneladas y 100.641 toneladas, respectivamente, y la recepción no autorizada de más de 109 mil toneladas de lodos durante dicho período.
Asimismo, la resolución judicial validó la ponderación realizada por la SMA respecto de la cadena causal que derivó en la contingencia de enero de 2016, correspondiente al deslizamiento masivo de basura y el posterior incendio. El tribunal determinó que el ingreso excesivo de humedad, residuos y lodos, sumado a la sobrecarga geométrica, alteró la estabilidad física y la presión de poros de la masa de residuos.
El fallo también ratificó la proporcionalidad de las multas aplicadas y la correcta estimación del beneficio económico obtenido por la empresa como consecuencia de los costos evitados y retrasados, entre ellos aquellos asociados al monitoreo ambiental, el control de emisiones y la ejecución de programas de reforestación.
PURANOTICIA