 
                 
                                Estos ilícitos fueron perpetrados entre septiembre y octubre de 2023, en la localidad de Pichidangui y las comunas de Ovalle y Valparaíso.
 
                                El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Ovalle dictó este jueves 30 sentencia contra ocho integrantes del grupo criminal Tren de Aragua, quienes fueron condenados por los delitos de secuestro extorsivo, robo con intimidación y asociación ilícita criminal.
Estos ilícitos fueron perpetrados entre septiembre y octubre de 2023, en la localidad de Pichidangui y las comunas de Ovalle y Valparaíso.
Donovan Allison Tellería Torres y José Rafael Ruiz Lias fueron condenados a 5 y 2 años de presidio efectivo, en calidad de autores de los delitos de robo con intimidación, secuestro extorsivo y asociación criminal, respectivamente,
En fallo unánime, el tribunal –integrado por los magistrados Rubén Bustos (presidente), Luis Casas López y Zoila Terán Arévalo (redactora)– condenó al acusado Miguel Arturo Domínguez Sánchez a las penas efectivas de 7 y 4 años de reclusión, como autor de los delitos de secuestro extorsivo y asociación criminal.
En tanto, Franyoferid José Torres Torres, Álex Guillermo Salinas Palza, Luis Enrique Rangel y Jaimir Usuga Rojas deberán purgar 5 y 2 años por los delitos de secuestro extorsivo y asociación criminal, respectivamente.
El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que en horas de la tarde del 25 de septiembre de 2023, los acusados José Rafael Ruiz Lias y Donovan Tellería Torres llegaron hasta la localidad de Pichidangui, comuna de Los Vilos, abordo de un vehículo con placa patente robada.
En el sitio, intimidaron y amenazaron con armas de fuego a la víctima –previamente vigilada por Franyoferid José Torres Torres–, a su pareja y otras dos personas, a quienes robaron sus celulares.
Posteriormente, trasladaron a la víctima en el vehículo hasta el ingreso norte de la localidad y luego, en otro automóvil, hasta una cabaña en Punitaqui, comuna de Ovalle donde se encontraba Jaimir Usuga Rojas, quien arrendó el inmueble.
Luego llegó Luis Enrique Rangel, que hizo labores de custodio. En el lugar mantuvieron cautiva a la víctima y, después de dos días, lo cambiaron a una vivienda en Valparaíso facilitada por Salinas Palza.
La víctima, fue liberada el 8 de octubre de 2023 en la comuna de Quillota, tras recibir los plagiadores el pago de $31.000.000.
Durante los días que la víctima permaneció en cautiverio las coordinaciones fueron lideradas por Miguel Domingo Sánchez. Asimismo, un sujeto líder del grupo delictual “Tren de Aragua” fue el encargado de instruir telefónicamente a los cabecillas de la banda.
Para el tribunal, “los hechos antes descritos fueron acreditados por la prueba de cargo, en tanto la víctima dio un testimonio detallado, concreto y consistente de lo que le ocurrió, las circunstancias en las cuales fue sacado sin su voluntad del lugar en que encontraba con su esposa e hijo y con dos trabajadores. Describe los lugares a que fue trasladado, la forma de proceder de sus captores y finalmente de su liberación tras el pago de una suma de dinero que fuera exigido para ello. Este relato y sus pormenores se ve sustentado y complementado con el resto de la prueba de cargo”.
“En cuanto a la pertenencia de los acusados al grupo denominado ‘Tren de Aragua’, quedó probado más allá de toda duda razonable con la prueba de cargo que la víctima ya los conocía, en parte por haber sido secuestrado por este grupo antes; todos los funcionarios policiales que declararon en el juicio pertenecen al grupo especializado de la Brigada de Antisecuestros, y todos los que hacen mención a la organización dicen que se trata del Tren de Aragua", señala el fallo.
Según el tribunal, "estas expresiones no son carentes de contenido, sino que lo son en base al análisis que hacen de la organización, las jerarquías, las formas de comunicación, la práctica de que los sujetos que participan lo hacen para su función determinada y planificada luego de lo cual retornan a sus domicilios, la existencia en el análisis de datos de dispositivos que portaban de un grupo facción del ‘Tren de Aragua’ denominado ‘Los Piratas’ (…), lo cierto es que en la orgánica, estructura y ejecución funcional con que llevan a cabo cada una de sus acciones dan cuenta de la participación en un grupo común, y la comisión de acciones funcionales a los fines de la organización criminal denominada ‘Tren de Aragua’”.
Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas de los sentenciados para determinar sus respectivas huellas genéticas e incorporación en el registro nacional de ADN de condenados.
PURANOTICIA
