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Los detalles del proyecto del Gobierno que garantiza el pago de la pensión alimenticia

Los detalles del proyecto del Gobierno que garantiza el pago de la pensión alimenticia

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La iniciativa apunta a generar el pago efectivo de las deudas de pensiones de alimentos al ampliar la búsqueda a todos los instrumentos financieros del deudor, incluyendo los fondos de pensiones.

Los detalles del proyecto del Gobierno que garantiza el pago de la pensión alimenticia
Martes 3 de mayo de 2022 07:17
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La ministra de la Mujer y Equidad de Género, Antonia Orellana, informó que el Gobierno ingresó con suma urgencia un proyecto para garantizar el pago efectivo de las pensiones alimenticias.

"Vamos a ingresar el proyecto a través del Senado, porque estábamos a la espera del informe de admisibilidad que tenía que salir de la mesa de la Cámara de Diputados. No ha ocurrido, y creemos que las mujeres no pueden seguir esperando, y en especial los niños, niñas y adolescentes que esperan una solución pertinente", informó la secretaria de Estado.

La iniciativa apunta a generar el pago efectivo de las deudas de pensiones de alimentos al ampliar la búsqueda a todos los instrumentos financieros del deudor, incluyendo los fondos de pensiones.

El texto establece de que en caso de que exista una deuda de tres meses o de cinco meses de pagos parciales, el demandante podrá solicitarle al tribunal que dictó la resolución de la deuda que ordene el pago mediante el patrimonio que tenga el deudor, ya sea una cuenta bancaria u otro instrumento.

En caso de que el deudor no tenga dinero en dichas instancias o el monto sea insuficiente, el tribunal podrá realizar el cobro en la cuenta de capitalización individual.

Si hay otros niños con los cuales el deudor tenga pensión impaga, la solicitud de pago se realizará en un solo proceso por el tribunal que tenga la causa más antigua.

Para indagar los fondos que tenga el demandado, el tribunal podrá revisar la información de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), el Servicio de Impuestos Internos (SII) u otros servicios del Estado que sean pertinentes.

Si se hallan cuentas o instrumentos financieros a nombre del deudor, el tribunal contará con un plazo de 48 horas para oficiar a las instituciones, las que tendrán 10 días hábiles para informar los saldos y movimientos del aludido. Posteriormente, el tribunal tendrá 24 horas para ordenar el pago.

En caso de que no haya patrimonio o este sea insuficiente para pagar la deuda, el tribunal deberá solicitar la información a la administradora de fondos de pensiones del deudor. Con la información, se establecerán otras 24 horas para ordenar el pago.

Las instituciones financieras contarán con 15 días hábiles para gestionar la transferencia del dinero adeudado. En caso contrario, deberán pagar la pensión impaga junto al deudor de manera solidaria.

Durante el anuncio del proyecto, la ministra Orellana apuntó a que los retiros del 10% a los fondos de pensiones permitió dimensionar la cantidad de pensiones alimenticias adeudadas. "Estamos hablando de 800 millones de dólares y de 600 mil y fracción de solicitudes de liquidación de deuda", advirtió.

"Es decir, esto es una población muy grande de familias. Y no son solamente los niños, niñas y sus madres en su mayoría, sino que también todas las familias que tienen que hacer tremendos esfuerzos para suplir la falta de ingresos que supone la deuda", enfatizó.

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