La Contraloría General de la República detectó que en algunos casos lo sujetos presentan hasta más de diez condenas, mientras que en otros se trata incluso de delitos graves como estafa, tráfico, producción de material pornográfico infantil y abuso sexual.
La Contraloría General de la República envió un informe a la comisión investigadora de la Cámara de Diputados por las pensiones de gracia a personas afectadas en las manifestaciones iniciadas en el mes de octubre de 2019, el que detalla que de los 419 beneficiados, 58 presentan antecedentes penales.
Esto causó gran controversia, producto a que en algunos casos se trata incluso de delitos graves como estafa, tráfico de estupefacientes, producción de material pornográfico infantil y abuso sexual.
“58, de las 419 personas beneficiadas con una pensión, tienen antecedentes penales por condenas, con resultado de multa, prisión y reclusión o presidio, incluidos delitos violentos. En efecto, se tuvo a la vista antecedentes que dan cuenta de beneficiarios que tienen más de 10 condenas, por diversos tipos penales, entre los cuales se advierten delitos de estafa, tráfico y microtráfico de estupefacientes, producción de material pornográfico infantil, abuso sexual, robo con violencia, homicidio, lesiones en contexto de violencia intrafamiliar, entre otros”, explica el informe.
Además, en 19 casos se constató que el INDH no presentaba antecedentes médicos, o bien, los respaldos correspondían a certificados médicos poco legibles, sin diagnóstico, con antecedentes contradictorios respecto del daño o con una fecha anterior a octubre de 2019 “los cuales fueron presentados por el DAS a la Comisión Especial Asesora, sin que se hayan efectuado otras gestiones para su validación”.
Esto, a juicio de la Contraloría “incumple los principios de control, eficiencia, eficacia, responsabilidad y trasparencia”.
Bajo este contexto, el informe señala que “tanto la Subsecretaría del Interior como el INDH deberán iniciar un proceso disciplinario con el objeto de investigar y perseguir las eventuales responsabilidades administrativas en los hechos descritos, debiendo remitir el acto administrativo que le da inicio y designa fiscal: en el plazo de 15 días hábiles contado desde la recepción de este documento”.
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