Click acá para ir directamente al contenido
PURANOTICIA TV ×
PURANOTICIA TV EN VIVO
Corte Suprema rechaza recurso de amparo y confirma prisión preventiva de Ángela Vivanco

Corte Suprema rechaza recurso de amparo y confirma prisión preventiva de Ángela Vivanco

  • Compartir en Whatsapp
  • Compartir en LinkedIn

El máximo tribunal descartó falta de fundamentación en la cautelar de la exministra Vivanco, estableciendo que su estado de salud es compatible con la privación de libertad.

Corte Suprema rechaza recurso de amparo y confirma prisión preventiva de Ángela Vivanco
Jueves 2 de abril de 2026 07:16
  • Compartir en Whatsapp
  • Compartir en LinkedIn

visitas

La medida cautelar de prisión preventiva para la exministra de la Corte Suprema, Ángela Vivanco, se mantendrá vigente tras la determinación del máximo tribunal de desestimar un recurso de amparo interpuesto por su defensa. La otrora magistrada enfrenta cargos por los delitos de cohecho y lavado de activos, presuntamente perpetrados durante el año 2023.

Esta resolución fue adoptada por la Segunda Sala del tribunal superior, la cual estuvo conformada por los ministros Manuel Antonio Valderrama, Leopoldo Llanos, Jorge Zepeda, la ministra María Cristina Gajardo y la abogada integrante Pía Tavolari. En su fallo, los integrantes descartaron que existiera una carencia de argumentos en las sentencias previas que decretaron y ratificaron la reclusión de la imputada.

Al respecto, el dictamen sostiene que “la resolución judicial impugnada vía amparo en caso alguno adoleció de falta de fundamentación, lo que queda refrendado de una simple lectura a su contenido. De esta forma, se advierte que los aspectos denunciados por la defensa de la amparada no sólo fueron ponderados por los integrantes de la Corte de Apelaciones de Santiago sino que también bajo un estándar de suficiencia acorde con los parámetros previstos tanto en la cláusula de argumentación general prevista en el artículo 36 del Código Procesal Penal, como también en la pauta de fundamentación particular plasmada en el artículo 143 del referido texto legal”.

Asimismo, la instancia judicial subrayó que la Corte de Apelaciones de Santiago realizó un análisis detallado sobre si la prisión preventiva era idónea frente a la condición médica de Vivanco. Según el fallo, se determinó, bajo un enfoque actual y prospectivo basado en las pruebas de la defensa, que “al día de hoy no existía incompatibilidad alguna entre la situación de salud de la amparada con su sujeción a un régimen cautelar de prisión preventiva, sin perjuicio de dejar abierta la posibilidad de una futura revisión de la misma en caso de variar sustancialmente los antecedentes tenidos en vista al ser decretada o bien de instar por su reevaluación de conformidad con el principio básico previsto en el artículo 10 del Código Procesal Penal”.

Finalmente, la sentencia hace hincapié en que la cautelar también se sostiene en la gravedad de los cargos por lavado de activos, punto que no fue refutado por los abogados de la exjueza. Sobre este punto, el tribunal enfatizó que “por último, no es posible soslayar que la prisión preventiva también encontró sustento en la imputación vinculada con el delito de lavado de activos, aspecto respecto del cual no se levantó cuestionamiento alguno por la defensa de la amparada”.

PURANOTICIA

Cargar comentarios