Click acá para ir directamente al contenido
PURANOTICIA TV ×
PURANOTICIA TV EN VIVO
Corte Suprema determina que viajar al extranjero con licencia es una infracción grave que justifica la destitución

Corte Suprema determina que viajar al extranjero con licencia es una infracción grave que justifica la destitución

  • Compartir en Whatsapp
  • Compartir en LinkedIn

El dictamen recuerda que “el artículo 8° de la Constitución Política exige a autoridades y funcionarios públicos dar estricto cumplimiento al principio de probidad en todas sus actuaciones” y que la destitución procede cuando se vulnera gravemente dicho principio.

Corte Suprema determina que viajar al extranjero con licencia es una infracción grave que justifica la destitución
Miércoles 17 de diciembre de 2025 21:27
  • Compartir en Whatsapp
  • Compartir en LinkedIn

visitas

La Corte Suprema resolvió rechazar el recurso de protección presentado por un funcionario municipal de Punta Arenas, quien había sido destituido tras utilizar una licencia médica para viajar a Río Gallegos, en Argentina.

La Tercera Sala del máximo tribunal revocó así la sentencia de la Corte de Apelaciones de Punta Arenas, que previamente había acogido la acción. En su fallo, los ministros descartaron ilegalidad en el proceso sumarial que sancionó al trabajador.

El dictamen recuerda que “el artículo 8° de la Constitución Política exige a autoridades y funcionarios públicos dar estricto cumplimiento al principio de probidad en todas sus actuaciones” y que la destitución procede cuando se vulnera gravemente dicho principio.

Según la Corte, el funcionario hizo un uso indebido de la licencia médica, empleándola para fines particulares y afectando el cumplimiento de las funciones municipales, lo que constituye una infracción grave a la probidad.

La resolución enfatiza que el procedimiento disciplinario se tramitó conforme a la normativa, con respeto al derecho a defensa, y que no se evidenció ilegalidad ni arbitrariedad. Además, el tribunal reiteró que el recurso de protección no está destinado a revisar el mérito de las sanciones administrativas, sino únicamente su legalidad y razonabilidad.

La decisión fue adoptada de manera unánime por la Tercera Sala de la Corte Suprema, integrada por los ministros Jean Pierre Matus, Gonzalo Ruz y Roberto Contreras, junto al abogado integrante Álvaro Vidal y la abogada integrante Andrea Ruiz.

PURANOTICIA

Cargar comentarios