Tras la lectura por parte del tribunal, la persecutora de la Fiscalía Centro Norte Ximena Chong señaló que la resolución “no satisface los intereses de la Fiscalía”.
La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso que había presentado la Fiscalía Metropolitana Centro Norte y que buscaba anular el juicio en contra del excarabinero Claudio Crespo, confirmando su absolución en el caso del actual diputado Gustavo Gatica.
El exteniente fue acusado de apremios ilegítimos con resultado de lesiones graves en contra del ahora parlamentario.
La investigación de la fiscal Ximena Chong estableció que Crespo fue responsable del disparo que cegó al entonces estudiante de psicología durante una de las manifestaciones desarrolladas el 8 de noviembre de 2019.
No obstante, el 4° Tribunal Oral en lo Penal de Santiago terminó por absolver a Crespo, al considerar la aplicación de manera retroactiva de la ley Nain-Retamal. En base a esto, se argumentó que el exteniente de Carabineros actuó bajo la figura de la legítima defensa privilegiada.
Y desde el Poder Judicial, a través de X, indicaron que la "Corte de Santiago rechaza recurso de nulidad y confirma absolución de carabineros por apremios ilegítimos en sector de Plaza Italia en noviembre de 2019".
Tras la lectura por parte del tribunal, la persecutora de la Fiscalía Centro Norte Ximena Chong señaló que la resolución “no satisface los intereses de la Fiscalía”.
“Nosotros habíamos recurrido a nulidad en el entendido de que la sentencia tenía vicios. Evidentemente respetamos esta decisión y nos quedamos con, al menos, que la decisión del 4° Tribunal de Juicio Oral en lo Penal desestimó la tesis principal de la defensa del acusado, señor Claudio Crespo, en el sentido de que él no era el autor", añadió.
La persecutora mencionó que “eventualmente podrían surgir recursos de queja que no son recursos propiamente de instancia que impliquen algún tipo de modificación en la decisión. Vamos a estudiarlo obviamente para poder conocer cuáles son los antecedentes y las justificaciones en virtud de las cuales la sala de la ilustrísima Corte de Apelaciones rechazó los recursos presentados por las partes acusadas".
PURANOTICIA