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Bono de Invierno 2026: comienza el pago automático de $81.257 para pensionados

Bono de Invierno 2026: comienza el pago automático de $81.257 para pensionados

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En mayo se depositará este beneficio estatal a los adultos mayores de 65 años. El dinero se adjuntará directamente a la jubilación mensual de quienes cumplan los requisitos.

Bono de Invierno 2026: comienza el pago automático de $81.257 para pensionados
Lunes 4 de mayo de 2026 08:28
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Junto con la jubilación correspondiente al quinto mes del año, se concretará la entrega automática del Bono de Invierno 2026, beneficio estatal que asciende a $81.257 y que está dirigido a los adultos mayores que ya hayan alcanzado los 65 años de edad.

Para acceder a esta ayuda económica, la normativa exige haber cumplido la edad requerida al 1 de mayo. Sumado a ello, los beneficiarios deben integrar obligatoriamente una de las siguientes categorías previsionales:

En primer lugar, califican los jubilados pertenecientes a las mutualidades de empleadores, la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile (Dipreca), la Caja de Previsión de la Defensa Nacional (Capredena), el Instituto de Seguridad Laboral (ISL) y el Instituto de Previsión Social (IPS). La condición para este segmento es que su jubilación sea menor o equivalente a la pensión mínima de vejez para individuos de 75 años o más, cifra fijada en $231.440,35 (monto que se reajusta cada mes de septiembre).

También están contemplados aquellos afiliados a una Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) que sean favorecidos con una Pensión Mínima con Garantía Estatal.

Por otro lado, quienes perciban exclusivamente la Pensión Garantizada Universal (PGU) y no cuenten con otros ingresos previsionales, tendrán garantizado el aporte invernal. Esto aplica incluso si la suma de su PGU sobrepasa el límite mínimo de $231.440.

Asimismo, el pago se extenderá a los titulares de pensiones de reparación enmarcadas en las leyes especiales N° 19.123, N° 19.234, N° 19.992 y N° 20.405.

El beneficio también cobija a los receptores del Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV). Para ellos, rige la misma regla: su pensión no debe superar el valor de la pensión mínima de vejez estipulada para mayores de 75 años, es decir, $231.440,35 (con reajuste en septiembre).

Finalmente, se incluye a las personas jubiladas bajo cualquier régimen previsional que, de manera adicional, cobren la PGU. Al igual que en los casos anteriores, el monto total percibido debe ser igual o menor a los $231.440,35 (reajustables anualmente en septiembre) correspondientes a la pensión mínima de vejez para el tramo de 75 años o más.

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