La acción judicial fue presentada por el abogado Marcelo Brunet, de Renovación Nacional (RN), quien solicita la declaración de la ex presidenta de la mesa directiva de la Convención Constitucional, María Elisa Quinteros.
El Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago acogió ampliar la querella presentada por la impresión de copias de la propuesta de nueva Constitución, apuntando en contra del ministro de la Segpres, Giorgio Jackson.
La acción judicial fue presentada por el abogado Marcelo Brunet, de Renovación Nacional (RN), quien solicita la declaración de la ex presidenta de la mesa directiva de la Convención Constitucional, María Elisa Quinteros.
En concreto, Brunet pidió extender la querella -acogida por el mismo tribunal el 15 de agosto- presentada en contra de todos los que resulten responsables del delito de malversación de caudales públicos en el proceso de compra de textos constitucionales.
En el documento legal, el abogado indica que el 5 de agosto, la Segpres "dictó la Resolución Nº 705, suscrita por la subsecretaria Macarena Lobos. Esta Resolución aprueba la modificación de contrato entre esa secretaría de Estado y la empresa Sistemas Gráficos Quilicura S.A., ampliando el número de ejemplares a imprimir y aumentando el precio de los mismos”.
“No existe ningún argumento que permita comprender por qué no se incluyeron todos los ejemplares en la primera resolución”, advierte.
Dicho pedido corresponde a la impresión de 240 ejemplares de la propuesta de Carta Fundamental traducidos en lenguas Mara, Mapuzungun, Quechua y Rapa Nui, por un valor de $1.499.000.
"Como se advirtió con anterioridad, la Convención Constitucional ya no existía, de modo que ya no se encontraban vigentes las autorizaciones presupuestarias que permitían a la Secretaría General de la Presidencia efectuar ese gasto”, indica la querella.
Por ello, acusa que “se continuó gastando con cargo a una cuenta cuyos fondos debían ser destinados a compromisos devengados pero no podía girarse a nombre de un órgano que ya no existe”.
Luego advierte que “este oficio reafirma lo que se ha sostenido por este querellante, en el sentido que la Convención estaba avocada a su cierre financiero y administrativo, de modo que no corresponde que con posterioridad a la fecha de su disolución se continúe actuando en su nombre".
"La solicitud de impresión de ejemplares había sido rechazada por la propia Convención. De este modo, una vez disuelta, no existía ninguna voluntad de la que se pudiera presumir que autorizaba a 'gastar en su nombre', sobre todo cuando ya se había pronunciado negativamente sobre ese punto”, sentenció.
En base a dichos antecedentes, el abogado pide que se “tome declaración a doña María Elisa Quinteros Cáceres, Claudio Gómez, Julio Álvarez y Maximiliano Hurtado”.
PURANOTICIA