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Editorial: ¿Techo quemado… techo repuesto?: Los hábiles e inhábiles de las catástrofes en Chile

Editorial: ¿Techo quemado… techo repuesto?: Los hábiles e inhábiles de las catástrofes en Chile

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Editorial: ¿Techo quemado… techo repuesto?: Los hábiles e inhábiles de las catástrofes en Chile
Martes 3 de febrero de 2026 17:40
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Una de las situaciones que más ha llamado la atención tras cumplirse dos años del megaincendio en Viña del Mar y Quilpué, y luego del desastre del sur del país, es que hasta para ser damnificado existe una selección previa en este país. Existen los hábiles y los inhábiles.

El Decreto Supremo N° 332 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo (MINVU), publicado en 2001, reglamenta el Sistema de Atención Habitacional para Situaciones de Emergencia. Este decreto permite al MINVU entregar subsidios y soluciones habitacionales rápidas a personas damnificadas por catástrofes, sismos o incendios, siendo actualizado periódicamente para incluir nuevas emergencias y damnificados.

El objetivo de este decreto es regular la ayuda habitacional para familias afectadas por desastres naturales o siniestros que pierden su vivienda. El mecanismo para esto es a través de un subsidio. El llamado “papel” que tanto hemos criticado desde esta tribuna. Pero aquí está la clave del decreto. ¿Qué se entiende por damnificado?

Definición de Damnificado: Propietarios o residentes que perdieron su vivienda principal debido al evento catastrófico.

Es aquí el problema. Por ejemplo, en el caso del sector de El Olivar, en el límite de Viña del Mar con Quilpué, a muchas personas se le quemaron dos y hasta tres viviendas. Según el decreto, su segunda vivienda o tercera no sería beneficiario de ayuda estatal, es decir sería “inhábil”.

Ahora hay que ser justos con el actual Ministro Montes, porque es justamente esta normativa la que le ha impedido avanzar en muchos casos. De hecho, recién el año pasado se introdujo un cambio a esa norma haciendo modificaciones, incluyendo el DS 34, para permitir que damnificados por incendios (ejemplo en Viña del Mar, Quilpué y Villa Alemana) que poseían segunda vivienda, puedan postular a subsidios.

Lo que dice el Ministro entrante es que no puede haber inhábiles en una catástrofe, es de sentido común. No importa el tamaño, ni la condición social, ni la cantidad de viviendas, acá el Estado debería acudir de igual forma en ayuda, es lo que definimos como “techo quemado… techo repuesto”.

Hoy, para dar cumplimiento con aquello también no podemos olvidarnos de otros inhábiles, cuya problemática es mayor. Por ejemplo, quienes residen en asentamientos precarios, en tomas o campamentos pero que también lo perdieron todo. Hay que aprender de las catástrofes y mejorar además la denomina ficha FIBE.

Aplicar el sentido común, que parece estar pensando Iván Poduje, debe ser replicado en la norma y en el decreto supremo número 332, quizás justamente sea esa la vía que ocupara el Presidente electo José Antonio Kast para mejorar administrativamente las trabas de esta reconstrucción. No olvidemos cuando el entonces candidato dijo la polémica frase “El Congreso no es tan relevante como se imaginan”, … “No necesitamos más leyes para aplicar la ley”, … acá qué mejor ejemplo. Por decreto eliminar a los inhábiles.