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Corte Suprema obliga a realizar consulta ciudadana por salmoneras en Magallanes

Corte Suprema obliga a realizar consulta ciudadana por salmoneras en Magallanes

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El proceso de participación ciudadana fue ordenado por la Tercera Sala de la Corte Suprema, que acogió así un recurso de protección presentado por comunidades indígenas y ONG.

Corte Suprema obliga a realizar consulta ciudadana por salmoneras en Magallanes
Martes 1 de febrero de 2022 18:45
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El Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) deberá abrir un proceso de consulta ciudadana que decidirá la eventual instalación, fusión o relocalización de centros de cultivos de salmones en las cercanías del Parque Nacional Kawésqar, región de Magallanes.

El proceso de participación ciudadana fue ordenado por la Tercera Sala de la Corte Suprema, que acogió así un recurso de protección presentado por comunidades indígenas y ONG, según radio Biobío. En el fallo, el máximo tribunal declaró "ilegal" y "arbitraria" la actuación del SEA, que descartó realizar esta consulta pese a que así lo establece la normativa, específicamente el artículo 30 bis de la Ley 19.300.

El SEA justificó su omisión afirmando que el proyecto no generaba externalidades negativas por la inexistencia de zonas pobladas en las cercanías, o al menos en localidades que pudieran considerarse dentro de su zona de influencia. No obstante, la Corte Suprema señaló en el fallo que “el cultivo de salmones se desarrolla, aun controlado, sobre la superficie marítima, y que el uso de antibióticos y las eventuales fugas de salmones o sus deposiciones son susceptibles de afectar grandes áreas que sobrepasan la supuesta distancia del proyecto al poblado más cercano”.

La Suprema recordó además que “los órganos del Estado, en el ejercicio de sus competencias ambientales y en la aplicación de los instrumentos de gestión ambiental, deberán propender la adecuada conservación, desarrollo y fortalecimiento de la identidad, idiomas, instituciones y tradiciones sociales y culturales de los pueblos, comunidades y personas indígenas, de conformidad a lo señalado en la ley y en los convenios internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes”.

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