Sociedad que participó en dos licitaciones de plantas en Villa Alemana - La Ligua y Limache - San Felipe acusa adjudicaciones "sin una justificación jurídicamente razonable", "vicios" durante el procedimiento e "inobservancia a las bases de licitación", motivos por los cuales presentó un recurso de protección ante la Corte de Apelaciones de Valparaíso.
Hasta la Corte de Apelaciones de Valparaíso acudió la sociedad Cristian Romero y Cia. Limitada para interponer un recurso de protección de derechos constitucionales en contra de la Seremi de Transportes y Telecomunicaciones de la región de Valparaíso, a la que acusa de adjudicar dos licitaciones de plantas de revisión técnica sin tener una justificación jurídicamente razonable, lo que se suma a presuntos vicios en el procedimiento e inobservancia a las respectivas bases de licitación.
A juicio de la firma –representada por el abogado Luis Cantellano Ampuero– la acción efectuada por la Seremi de Transportes vulnera los principios administrativos asentados en la Constitución –sobre la libertad económica, igualdad de trato económico, igualdad ante la ley e igual protección de la ley en el ejercicio de los derechos– a partir de dos actos administrativos calificados como "terminales, ilegales y arbitrarios", que "impidieron la normal participación de los oferentes en el proceso licitatorio".
La sociedad Cristian Romero y Cia. Ltda., cuyo giro principal es la operación de plantas revisoras, participó como oferente en las licitaciones de la Concesión Nº 7 (Villa Alemana - La Ligua) y de la Concesión Nº 11 (San Felipe - Limache), ambas inmersas dentro de un procedimiento de licitación general, cuyas bases están contenidas en la Resolución Nº 251, de 2012, del Ministerio de Transportes, lo que dio inicio a todo este trámite judicial que se encuentra actualmente en curso.
El 7 de abril de 2021, el Ministerio de Transportes llamó a licitación pública para otorgar una concesión que opere establecimientos que practiquen revisiones técnicas de vehículos en Limache y San Felipe, por medio de sendas plantas de clase AB.
Para el recinto limachino se contemplaba una línea de revisión para automóviles livianos y otra para automóviles medianos; mientras que el sanfelipeño constaba de tres líneas de revisión para vehículos livianos y una para vehículos pesados.
Por su parte, el 6 de junio de 2019, la Secretaría de Estado promulgó el proceso que incluía sendas plantas de revisión técnica para La Ligua y Villa Alemana.
Así se estableció una de clase AB para la primera, con dos líneas de revisión para automóviles livianos y otra para pesados; mientras que para la segunda se contemplaba una de clase B, con tres líneas de revisión para vehículos livianos.
Cabe hacer presente que dichos procedimientos se cerraron definitivamente el 7 de diciembre de 2022 y el 20 de diciembre de 2022, respectivamente, mediante la toma de razón por parte de la Contraloría Regional de Valparaíso.
Uno de los primeros problemas se origina a raíz de un oficio de octubre del 2018 de la Seremi de Transportes de Valparaíso, el cual establece que en aquellos inmuebles presentados como lugares para instalar una planta de revisión técnica que intercepten calles o vías bajo tuición de la Dirección de Vialidad, se deberá requerir la opinión de dicho servicio en relación a la factibilidad y conveniencia de dicho inmueble como lugar apto para instalar una planta.
En específico, los recurrentes explican en el documento –al cual Puranoticia.cl pudo acceder– que entre los aspectos que deben ser ponderados por la Dirección de Vialidad al evaluar la instalación de una planta en un determinado sector, están las normas viales vinculadas con el ingreso y salida de vehículos; y las pistas o vías de ingreso y aceleración. En base a ello, sostienen en el recurso que "sin esta opinión técnica y de carácter sectorial, en estricto rigor no podría aprobarse".
En segundo lugar, exponen que se vulneran aspectos como "forma de extender la boleta de garantía; modalidad de presentar los sobres de las propuestas y; error en la transcripción del RUT de la Subsecretaría de Transportes". A ello, agregan la "cuestionable" decisión de una funcionaria que convalidó actos de nulidad sin la respectiva motivación del acto administrativo que subsana dichos errores.
"En la práctica, y con las infracciones a las bases de licitación, este proceso debió haberse declarado desierto y haber iniciado un nuevo proceso que contemplara la igualdad de condiciones para todos los oferentes", indica la sociedad Cristian Romero en su recurso de protección contra la Seremi de Transportes.
En tercer lugar apuntan a la empresa que obtuvo la máxima calificación en el proceso, Inversiones Verosur SpA, a la cual acusan de haber incumplido con la presentación del certificado sobre uso y destino de suelo del predio ubicado en un área rural de San Felipe, acreditación que debió efectuar el Servicio Agrícola y Ganadero (SAG).
Respecto a la segunda concesión, el recurrente sostiene que "no se otorgó la boleta de garantía de seriedad de la oferta en el plazo que indican las bases", situación que a su juicio debió haber originado la eliminación de aquellos oferentes que presentaron documentos en una modalidad diferentes a la prevista en las bases. Por este motivo en la presentación hablan de un "trato especial".
Otro incumplimiento que denuncian dice relación con la localización e instalaciones de la planta de revisión técnica, lo cual tampoco cumpliría con las bases de licitación. En concreto, el Dictamen de Contraloría señala que las plantas de revisión técnica corresponden al uso del suelo «actividades productivas». No obstante, una de las ofertas se encontraba en una zona catalogada como de «extensión urbana 2 (AEU2)», lo cual no permite el desarrollo de actividades productivas. Por este motivo, la sociedad que presentó el recurso indica que "debió haber sido excluido del proceso, situación que no fue así, más aún otorgándole la concesión a ese oferente".
Finalmente, aseguran que el acto solemne de apertura de la oferta económica fue realizada "sin legalidad formal por una Comisión que no se encontraba debidamente constituida, integrada ni facultada para la apertura y examen de las ofertas". En específico, apuntan a un funcionario de la Seremi de Transportes que, el día de la apertura de la oferta económica (9 de diciembre de 2020) "no se encontraba con la investidura regular necesaria", pues su designación ocurrió el 15 de diciembre.
Por este motivo, afirman que "se ha conculcado lo prescrito en el artículo 7° de la Constitución Política de la República", motivo por el que aseguran que "procede la invalidación de los actos celebrados por dicha comisión y toda resolución que en base a sus resultados se pronuncie".
En base a todos estos antecedentes, la sociedad Cristian Romero y Cia. Ltda. solicita a la Corte de Apelaciones de Valparaíso que "se decrete la ilegalidad del procedimiento de licitación de las concesiones 7 y 11, respectivamente, considerando que adolecen de una causal de legalidad en la tramitación, así como la existencia de vicios convalidados por la autoridad". También piden que se constate que "han sido vulnerados los derechos constitucionales descritos", vale decir, libertad económica, igualdad ante la ley e igual protección de la ley en el ejercicio de los derechos.
De igual forma, solicitan que se establezca que en el proceso de licitación "se vulneró el principio de sujeción estricta a las bases"; y que se vulneraron los derechos constitucionales a raíz de la "falta de coordinación" entre la Dirección de Vialidad, la Seremi de Obras Públicas, el SAG y la Seremi de Agricultura, todos de la región de Valparaíso, en relación a información vinculada al destino y uso de suelo con las características adecuadas para instalar una planta de revisión técnica.
Respecto al recurso de protección presentado a raíz de dos licitaciones de plantas de revisión técnica adjudicadas en la región de Valparaíso, desde la Seremi de Transportes y Telecomunicaciones señalaron a Puranoticia.cl que "es fundamental aclarar que, en su oportunidad, la Contraloría General de la República procedió a la toma de razón de los actos administrativos correspondientes, espacio donde previamente los argumentos expuestos en dicho recurso fueron también conocidos, y siendo oportunamente respondidos por nuestra parte, desestimándose en esa ocasión cualquier vicio de legalidad".
De igual forma, añadieron que todos estos argumentos jurídicos que respaldan los actos y procedimientos administrativos de la Seremi "serán expuestos cuando corresponda, en el marco de la tramitación del mencionado recurso".
No obstante a aquello, indicaron que "es importante recordar que todos los procesos licitatorios de plantas de revisión técnica siempre han buscado velar por elevar considerablemente los estándares de calidad del servicio que deben otorgar estos espacios, beneficiando así a las usuarias y usuarios, no sólo con una mayor comodidad y rapidez al ser atendidos, sino que, principalmente, en las garantías que este servicio busca otorgar para la seguridad vial y protección de la vida de las personas".
PURANOTICIA