Click acá para ir directamente al contenido
PURANOTICIA TV ×
PURANOTICIA TV EN VIVO
Condenan a 800 días de presidio a hombre que golpeó y provocó la muerte del gato de una carabinera en Quinta de Tilcoco

Condenan a 800 días de presidio a hombre que golpeó y provocó la muerte del gato de una carabinera en Quinta de Tilcoco

  • Compartir en Whatsapp
  • Compartir en LinkedIn

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua dictó la sentencia contra el acusado por el delito de maltrato animal con resultado de muerte, determinando que cumplirá la pena bajo remisión condicional al no registrar antecedentes penales.

Condenan a 800 días de presidio a hombre que golpeó y provocó la muerte del gato de una carabinera en Quinta de Tilcoco
Martes 22 de septiembre de 2026 10:06
  • Compartir en Whatsapp
  • Compartir en LinkedIn

visitas

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua condenó a Juan Manuel Escobar Valencia a 800 días de presidio, bajo la modalidad de remisión condicional de la pena, por el delito de maltrato animal con resultado de muerte, hecho ocurrido en la comuna de Quinta de Tilcoco en abril de 2024.

En un fallo unánime, el tribunal dio por acreditado que el 1 de abril de 2024, el acusado ingresó a una vivienda ubicada en el sector de Carrizal, propiedad de una funcionaria de Carabineros, y golpeó sin justificación con un palo al gato de la funcionaria, llamado “Gabo”.

Tras la agresión, la afectada logró rescatar a su mascota y dar aviso a Carabineros, quienes posteriormente detuvieron al sujeto.

Sin embargo, producto de las lesiones provocadas por el ataque, el felino sufrió una lesión cervical de origen traumático, además de fracturas o luxaciones de vértebras, heridas que finalmente le causaron la muerte.

Pese a la condena, los jueces acogieron la solicitud de la defensa para que Escobar Valencia cumpla la sanción mediante la pena sustitutiva de remisión condicional, petición a la que no se opuso el Ministerio Público.

Para conceder este beneficio, el tribunal consideró que la pena de presidio impuesta no supera los tres años y que el condenado no registra antecedentes penales.

PURANOTICIA